Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 07/08/1984

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Ciencia

DECRETO 193/1984, de 3 de julio, por el que se aprueban el temario y objetivos educativos generales a que habrán de ceñirse las programaciones experimentales sobre cultura andaluza para los Centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía establece, en su artículo 12.3. 2º, como uno de los objetivos a alcanzar en Andalucía, el afianzamiento de la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y reconocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad.

Asimismo, en su artículo 19.2 se establece que los poderes de la Comunidad Autónoma velarán porque los contenidos de la enseñanza e investigación en Andalucía guarden una esencial conexión con las realidades, tradicionales, problemas y necesidades del pueblo andaluz.

Por otra parte, uno de los objetivos que figuran en el Programa del Gobierno Andaluz es el de "impulsar la búsqueda y promoción de todas las raíces de nuestra cultura", entendiendo que la promoción del legado histórico-cultural de nuestro pueblo debe ser uno de los pilares sobre los cuales se asiente la construcción de Andalucía como Comunidad histórica dentro de los pueblos de España.

Es además evidente que la potenciación de la cultura de los diversos territorios que componen el Estado español como Comunidades diferenciadas, contribuirá decisivamente al fortalecimiento y consolidación del modelo de Estado diseñado en nuestra Constitución ya que la revitalización de la cultura de la Nación ha de pasar por el resurgimiento de las señas de identidad de cada uno de sus pueblos. La evidencia de estas ideas es aún más patente cuando se trata de la cultura de Andalucía que tan fecunda ha sido a lo largo de la historia para el resto de España.

Por todo lo anterior, la Consejería de Educación y Ciencia abrió en su momento un amplio plazo de consultas a todos los sectores implicados. Recogidas todas las críticas y sugerencias, se ha confeccionado el temario y objetivos educativos generales para el desarrollo de las enseñanzas sobre Cultura Andaluza en los Centros docentes no universitarios de nuestra Comunidad.

En virtud de lo precedente, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de julio de 1984

DISPONGO:

Artículo 1º. Las programaciones sobre Cultura Andaluza tendrán como ámbito de aplicación todos los Centros docentes no universitarios de nuestra Comunidad y habrán de ajustarse a las normas establecidas en el presente Decreto.

Artículo 2º. Dichas programaciones y desarrollo de las enseñanzas sobre Cultura Andaluza, referidas en el artículo anterior, se llevarán a cabo de acuerdo con los temarios y objetivos educativos generales que figuran en el Anexo del presente Decreto.

Artículo 3º. Los programas de Cultura Andaluza habrán de desarrollarse teniendo en cuenta que su aplicación, en los distintos niveles de enseñanza, no debe suponer un incremento del horario docente ni merma de los programas educativos vigentes, sino que han de incluirse en las programaciones correspondientes, adaptando convenientemente éstas al medio natural donde el alumno se desenvuelve.

Artículo 4º. La Consejería de Educación y Ciencia desarrollará los citados programas adaptándolos a los distintos niveles docentes e insertándolos en las áreas y/o asignaturas de los respectivos Planes de Estudios.

Disposición transitoria. Durante el curso académico 1984-85 la aplicación a los distintos niveles docentes de los programas sobre Cultura Andaluza tendrá carácter experimental.

Disposiciones finales.

1. Se faculta a la Consejería de Educación y Ciencia para interpretar y desarrollar lo dispuesto en el presente Decreto.

2. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de julio de 1984

JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA

Y CAMOYAN

Presidente de la Junta de Andalucía

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Educación y Ciencia.

ANEXO I

TEMARIO Y OBJETIVOS EDUCATIVOS GENERALES DEL PROGRAMA DE CULTURA ANDALUZA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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