La Junta
Consejo de Gobierno
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El Decreto 219/1984, de 1 de agosto, publicado en el BOJA del día 14 del mismo mes, establecía en su Artículo 10º un plazo de treinta días para solicitar las subvenciones previstas en dicha disposición. Finalizado ya dicho plazo y teniendo en cuenta que durante la vigencia del mismo se ha puesto de manifiesto que resultaba insuficiente en determinados casos para elaborar la documentación referente a las instalaciones, que según el referido Decreto debía acompañar a las solicitudes de subvención, se hace aconsejable ampliar el plazo para la presentación de las mismas.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Economía, Planificación, Industria y Energía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en su reunión del día 9 de octubre de
1984,
DISPONGO:
Artículo único. Queda prorrogado hasta el día 31 de octubre del presente año el plazo fijado en el Artículo 10º del Decreto 219/1984, para la presentación de solicitudes de los beneficios previstos en la referida disposición.
Sevilla, 9 de octubre de 1984
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JULIO RODRIGUEZ LOPEZ
Consejero de Economía, Planificación,
Industria y Energía
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