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El Real Decreto 3369/1983, de 30 de noviembre, declaró de utilidad pública la concentración parcelaria de la zona de Vega de Dólar (Granada).
Examinado el Plan de Mejoras Territoriales y Obras que el Instituto Andaluz de Reforma Agraria somete a la aprobación de esta Consejería, se considera que las obras incluidas en él han sido debidamente clasificadas, según determina el apartado 1 del artículo 147 del Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, aprobado por el Decreto 276/1984, de 30 de octubre.
En su virtud, a propuesta del Instituto Andaluz de Reforma Agraria,
DISPONGO:
Primero. Se aprueba el Plan de Mejoras Territoriales y Obras presentado por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria para la zona de Vega de Dólar, cuya concentración parcelaria fue declarada de utilidad pública por el Real Decreto 3369/1983, de 30 de noviembre (BOE de 30 de enero de 1984).
Segundo. 1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 148 y 149 del Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, las obras de red de caminos quedan clasificadas como de interés general en el grupo
a) del artículo 147 de dicho Reglamento;y las obras de mejora de regadío como de interés común en el grupo b) del citado artículo.
2. Las obras calificadas de interés general serán ejecutadas y sufragadas íntegramente por el IARA.
Las obras de interés común serán proyectadas y ejecutadas por el IARA y será reintegrado el sesenta por ciento de su coste por los beneficiarios, en el plazo de cinco anualidades y con tres años de carencia. El tipo de interés será el correspondiente al crédito oficial.
Tercero. Las obras deberán iniciarse antes de que terminen los trabajos de Concentración Parcelaria.
Cuarto. Por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.
Sevilla, 27 de enero de 1986
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
Descargar PDFBOJA nº 10 de 04/02/1986