Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 112 de 18/12/1986

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Trabajo y Bienestar Social

ORDEN de 27 de noviembre de 1986, por la que se modifica la representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Consejo General de la Administración de los Servicios Sociales de Andalucía de la Seguridad Social.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por Orden de 10 de octubre de 1986, fueron designados los representantes de la Administración Autonómica en el Consejo General de la Administración de Servicios Sociales de Andalucía de la Seguridad Social (ASERSASS), con el fin de atemperar su composición a la reestructuración orgánica y funcional llevada a cabo en la referida Administración Autonómica por el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio. Configurado el Consejo General como órgano de participación en el control y vigilancia en la gestión de los Servicios Sociales de la Seguridad Social Transferidos a la Comunidad Autónoma en virtud del Real Decreto 1752/1984, de 1 de agosto, se ha estimado conveniente incluir entre los representantes de la Administración que lo integran al titular de la Dirección General de Consumo, dada la creciente importancia y especial incidencia de las funciones asignadas a dicho Centro Directivo en el área del Bienestar Social, asumida por esta Consejería, y dentro de la cual adquiere singular relieve la cooperación y participación de las federaciones y asociaciones de usuarios y consumidores. En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el art. 3º, a), del Decreto 304/1984, de 27 de noviembre, por el que se crea la Administración de los Servicios Sociales de Andalucía de la Seguridad Social (ASERSAS).

D I S P O N G O :

"Artículo único. Se designa único de la Orden de 10 de octubre de 1986, por la que se nombran los representantes de la Administración Autonómica en el Consejo General de la Administración de Servicios Sociales en Andalucía de la Seguridad Social, quedará redactado en los siguientes términos:

"Artículo único. Se designan miembros del Consejo General de la ASERSASS a las personas que ostenten los siguientes cargos: Ilmo.Sr.Viceconsejero de Trabajo y Bienestar Social, que según lo prevenido en el artículo 3.3 del Decreto 304/1984, ostenta la Presidencia.

Ilmo. Sr.Viceconsejero de Gobernación.

Ilmo. Sr.Viceconsejero de Salud.

Ilmo. Sr.Viceconsejero de Economía y Hacienda. Ilmo. Sr.Secretario General Técnico de la Consejería de Trabajo y Bienestar Social.

Ilmo. Sr. Director General de Servicios Sociales. Ilma. Sra. Directora General de Consumo".

Artículo 2º. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 1986

JOSE MARIA ROMERO CALERO

Consejero de Trabajo y Bienestar Social

Descargar PDF