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En uso de las facultades que me confiere el art. 8 de la Orden de 31 de enero de 1986 por la que se establece el régimen especial de concesión de subvenciones para las campañas municipales de Deporte para Todos.
HE RESUELTO:
1. El escrito de solicitud de subvención a que se refiere el art. 2.1º de la Orden será firmado por el Presidente de la Diputación u otro órgano de la misma en el que delegue su competencia. Cuando la Diputación gestione las competencias referentes a la actividad deportiva a través de un organismo autónomo, la solicitud vendrá firmada por el Presidente de éste, y se acompañará la certificación correspondiente extendida por el Secretario de la Corporación Provincial en la que se constate que la gestión de aquella actividad ha sido atribuida a este organismo autónomo.
2. Se deberá levantar acta de constitución de las Comisiones Mixtas, Consejería de Cultura-Diputaciones Provinciales previstas en el punto 1 del artículo 5 de la Orden de 31 de enero de 1986, remitiéndolas a través de la Delegación Provincial de Cultura correspondiente a la Dirección General de Juventud y Deportes.
3. La documentación a que se refiere el punto 2 del artículo 7 en los apartados a, b y c, de la Orden de 31 de enero de 1986, será recibida y valorada por las Comisiones Mixtas que expedirán un certificado recogiendo la conformidad de dicha documentación con lo solicitado en los apartados citados. Este certificado será remitido a la Dirección General de Juventud y Deportes a través de la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura correspondiente.
Sevilla, 30 de abril de 1986.- El Director General, Luis García Garrido.
Descargar PDFBOJA nº 42 de 13/05/1986