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De conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 10 de junio de 1986, por la que se establecen las normas para la jerarquización de las plazas de Especialistas de Instituciones Sanitarias abiertas de la Seguridad Social en Andalucía, esta Secretaría General Técnica, a propuesta de la Dirección General de Asistencial Hospitalaria y Especialidades Médicas, ha resuelto:
Primero. Anunciar la oferta de jerarquización de plazas de facultativos especialistas de las Instituciones Sanitarias abiertas de la Seguridad Social en Andalucía, en los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias cerradas correspondientes, con sujeción a lo previsto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 10 de junio de 1986 y en la presente Resolución.
Segundo. Las plazas ofertadas son las que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución, con indicación de la Institución Sanitaria cerrada de la Seguridad Social a la que se adscribe orgánica y funcionalmente, así como el Area asistencial que constituye su ámbito de actuación.
Tercero. Podrán ejercer su derecho de opción, para integrarse en los Servicios Jerarquizados, los Facultativos Especialistas que, con nombramiento en propiedad, ocupen plaza de la especialidad ofertada en las Instituciones Sanitarias abiertas a las que esta Resolución se refiere.
Cuarto. 1. Quienes deseen ejercer su derecho de opción para la integración, deberán formular la oportuna solicitud según modelo que figura como Anexo I a la presente Resolución y que se facilitará en los Servicios Centrales y en las Direcciones Provinciales de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía. (R.A.S.S.S.A.). 2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación: a) El título de la Especialidad correspondiente. b) Partida de nacimiento o libro de familia. c) Documento expedido por la Dirección Provincial de la R.A.S.S.S.A. acreditativo de poseer nombramiento en propiedad de la Institución Sanitaria Abierta que se jerarquiza, con expresión de su categoría profesional.
d) Certificación de los servicios prestados a la Seguridad Social, con nombramiento definitivo.
3. Los documentos serán originales, o bien copias o fotocopias del original compulsadas por fedatario público o por el Organismo donde se presenten.
4. Las solicitudes se formularán ante la Dirección Provincial de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía correspondiente, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía."
Quinto. La Dirección General de Asistencia Hospitalaria y Especialidades Médicas resolverá lo procedente, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 10 de junio de 1986.
Sexto. Por esta Secretaría General Técnica se harán públicos los resultados de la convocatoria, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales y Direcciones Provinciales de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, notificándose personalmente a los afectados.
Séptimo. 1. Los facultativos que obtengan plaza, en virtud de la opción ejercitada, deberán tomar posesión de la misma en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación personal de los resultados de la convocatoria.
2. En el acto de la toma de posesión de la nueva plaza deberán aportar documento expedido por la correspondiente Dirección Provincial de la Red de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social en Andalucía, en el que conste la renuncia expresa del facultativo a la plaza que venía desempeñando con anterioridad.
Sevilla, 11 de junio de 1986.- El Secretario General Técnico, Norberto Sanfrutos Velázquez
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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