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El Decreto 95/86 de 20 de mayo que desarrolla el Sistema Bibliotecario de Andalucía ha significado una transformación de los Servicios bibliotecarios andaluces y ha impuesto unas nuevas normas para las relaciones entre las distintas administraciones que intervienen en la creación de nuevos servicios bibliotecarios. La reestructuración de los Centros Provinciales Coordinadores de Bibliotecas ha obligado a la revisión de los conciertos que se firman al instalarse nuevos centros bibliotecarios, lo que conlleva también a la redacción de un nuevo Reglamento para el régimen interno de ellos más acorde con la concepción que se tiene hoy de las mismas y la misión que tienen que desempeñar en este momento actual que tantas innovaciones tecnológicas conoce.
Por ello y en virtud de la Disposición Final del Decreto anteriormente citado, tengo a bien aprobar la siguiente Orden por la que se aprueba el concierto para la creación de una Agencia de Lectura y Reglamento de la misma.
En la ciudad de ....... ....... ....... y en la Delegación Provincial de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a ....... de ....... de mil novecientos ochenta y ......., reunidos
Don ....... ....... ....... ....... ......., Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de ....... ....... ......., en nombre y representación del mismo y en virtud de acuerdos adoptados en sesión de pleno de ....... de ....... de
19 ......., especialmente facultado para la conclusión del presente concierto, y
Don ....... ....... ....... ....... ......., Delegado Provincial de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, en nombre y representación de la misma, de conformidad con el art. 9º.2 de la Ley de 3 de noviembre de Bibliotecas, CONVIENEN
DE LA AGENCIA DE LECTURA
1º. Establecer en ....... ....... ....... una Agencia de Lectura, a la que se dará estado oficial mediante la correspondiente Orden de creación.
2º. El local que ocupará la Agencia de Lectura será ....... ....... .......
3º. El régimen interno de esta Agencia de Lectura se ajustará al Reglamento que acompaña a este Concierto.
4º. La Agencia de Lectura quedará sometida al régimen del Centro Andaluz de Lectura, a su Inspección general y a la particular del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de ....... ....... ....... .......
DE LAS OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO
5º. El Ayuntamiento de ....... ....... ....... se obliga a:
a) Proporcionar, a su costo, para la instalación de la Agencia de Lectura, locales que se ajusten a las condiciones mínimas exigidas por el Centro Andaluz de Lectura para el funcionamiento de una Agencia de Lectura dentro de su organización.
b) Remunerar el encargado de la Agencia de Lectura, pagar los gastos de los lotes de libros que la Agencia recibirá periódicamente en préstamo y responder de la pérdida o deterioro de los libros.
DE LAS OBLIGACIONES DEL CENTRO PROVINCIAL COORDINADOR DE BIBLIOTECAS
6º. El Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas de ....... ....... ....... por su pate, se obliga a:
a) Constituir en la Agencia de Lectura un fondo bibliográfico permanente que, de forma sucesiva, podrá llegar hasta un total devolúmenes, compuesto de obras fundamentales de estudio y consulta.
b) Facilitar a la Agencia de Lectura lotes bibliográficos circulantes compuestos por libros de divulgación y recreo, servicios periódicamente sin solución de continuidad y con una permanencia en la Agencia de ....... .......meses.
c) Asumir la dirección técnica de la Agencia de Lectura en todos sus órdenes, organizándola de acuerdo con las normas vigentes.
d) Proporcionar al Encargado de la Agencia de Lectura la adecuada preparación biblioteconómica para el desempeño de su función, por medio de instrucciones.
e) Contestar cuantas consultas bibliográficas haga la Agencia de Lectura.
f) Facilitar en préstamo, a los lectores de la Agencia y a través del encargado de la misma, los lotes bibliográficos del Centro Andaluz de Lectura y del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas.
Artículo Adicional. Este concierto entrará en vigor el día que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Adalucía la Orden de creación de la Agencia de Lectura de ....... ....... ....... .......y podrá ser rescindido a petición de cualquiera de las partes contratantes. Si la rescisión se hiciese a petición del Ayuntamiento o por haber incumplido el mismo las obligaciones convenidas, el Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas recuperará todos los libros que de su procedencia y de la del Centro Andaluz de Lectura obrasen en la Agencia de Lectura, sea cual fuere su procedencia quedarán de entera propiedad del Ayuntamiento. Formalizado así este Concierto, y para que conste, lo firmo por cuadruplicado. Fecha ut supra.
EL ALCALDE,
EL DELEGADO PROVINCIAL,
REGLAMENTO PARA EL REGIMEN INTERNO DE LA
AGENCIA DE LECTURA DE ....... ....... .......
1º. La Agencia de Lectura de ....... ....... ....... ....... es un Centro Bibliotecario dependiente del Centro Andaluz de Lectura, y como tal, su finalidad es procurar la extensión de la lectura pública a todos los habitantes del Municipio.
2º. Estará formado por:
a) Un lote bibliográfico fijo, procedente del Centro Andaluz de Lectura.
b) Los lotes bibiográficos circulantes que sirva periódicamente el Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas.
3º. El gobierno de esta Agencia de Lectura se regulará por lo dispuesto en el vigente Reglamento de los Centros Provinciales Coordinadores de Bibliotecas.
4º. La plena dirección técnica de la Agencia de Lectura corresponde al Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas y, por delegación de éste, al encargado de la misma.
5º. El nombramiento de Encargado de la Agencia de Lectura recaerá, preferentemente, sobre un Maestro o persona seglar de la localidad que posea el Bachiller Superior o sea de reconocida solvencia social.
6º. El nombramiento de Encargado de la Agencia de Lectura lo hará el Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas a propuesta del Ayuntamiento.
7º. Corresponde al encargado de la Agencia de Lectura:
a) Acudir a ella en las horas fijadas como de apertura al público.
b) Responder en todo tiempo del material y libros que se le confíen.
c) Organizar y administrar la Agencia de Lectura de acuerdo con las normas que, a través del Centro Provincial Coordinador de Bibliotecas, reciba, y hacer respetar los reglamentos de lectura y préstamos.
d) Atender las peticiones del público y resolver sus consultas.
AYUNTAMIENTO DE ....... ....... ....... ....... ....... Los anteriores concierto y reglamento de régimen interno de la Agencia de Lectura de esta ....... ....... ....... han sido aprobados por este Ayuntamiento en su sesión de Pleno de ....... de ....... del presente año.
......., ....... de ....... de 198 .......
VªBª
EL ALCALDE,
EL SECRETARIO,
DIRECCION GENERAL DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y ARCHIVOS
Los anteriores concierto y reglamento de régimen interno de la Agencia de Lectura de ....... ....... ....... han sido aprobados por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Cultura de ....... de ....... de 198 .......
Sevilla, ....... de ....... de 198 .......
EL DIRECTOR GENERAL,
Sevilla, 3 junio de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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