La Junta
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En uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 174/83 de 31 de agosto, por el que se regula la cesión de Instalaciones Culturales de la Junta de Andalucía a los Ayuntamientos y accediendo a la petición del Ilmo. Ayuntamiento de Pizarra (Málaga), y que se expresa en la certificación de la sesión plenaria de cinco de diciembre del mil novecientos ochenta y tres, vistos los correspondientes informes y la documentación en la que dicha Ayuntamiento acepta todos los extremos que en el referido Decreto se estipulan, he resuelto, ceder la gestión de uso para fines culturales, del inmueble propiedad de la Junta de Andalucía, situado en la calle Estación s/n. de Pizarra. El inmueble tiene una extensión superficial de 375 m2. Fue transferido a la Junta de Andalucía por Real Decreto 4096/82 de 29 de diciembre (B.O.E. no 43 de 19 de febrero de 1983).
De acuerdo con el artículo tercero del Decreto 174/83 de 31 de agosto, el plazo por el que se cede dicho inmueble al Ilmo. Ayuntamiento de Pizarra, se fija en cinco años, a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 27 de mayo de 1986
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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