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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 6 de mayo de 1986 por la Audiencia Territorial de Sevilla en Recurso Contencioso-Administrativo no 539/84 promovido por la Empresa Banco de Bilbao, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Estimar el Recurso interpuesto por el Procurador Sr. Conradi Torres, en nombre del Banco de Bilbao, S.A., contra Resolución de la Dirección General de Trabajo y Cooperación de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 16 de enero de 1984, desestimatoria de Alzada contra otra de la Delegación Provincial del Departamento en Cádiz 28 de junio de 1983, dictada en el expediente AIT-1822/82, que impuesto la sanción de Treinta Mil Ptas., de multa porque en la Sucursal urbana Parque de la Serrana, 25, de Jerez de la Frontera, no se observó el horario especial que para la Feria de la Vendimia venía siendo disfrutado por los trabajadores, los días 10 y 11 de septiembre de
1982, que anulamos por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, con devolución de la cantidad consignada, sin costas."
Sevilla, 7 de julio de 1986.- El Secretario General Técnico, Angel E. Vicente Gómez.
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