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Advertidos errores en la Orden de 16 de junio de 1986, publicada en el BOJA núm. 64, de 1 de julio, pág. núm. 2.335 y siguientes, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones: Pag. 2.335: En la Exposición de Motivos, 2º párrafo, donde dice: "... adopción de medidas preventivas que, a su vez, repercutirán...", debe decir: "... adopción de medidas preventivas que, a su vez, repercutirán...". En el art. 5º. punto 2, donde dice: "El periodo de notificación individualizada será anual...", debe decir: "El periodo de notificación individualizada será semanal...". Pág. 2.336: En la Disposición Transitoria, donde dice: "El procedimiento... seguirá regiéndose...", debe decir: "El procedimiento... seguirá rigiéndose...". En el Anexo I, apartado A) ENFERMEDADES DE DECLARACION OBLIGATORIA, INCLUIDAS EN EL P.V.A., donde dice: "Rubeloa", debe decir: "Rubeola".
Sevilla, 7 de julio de 1986
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