Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 22/7/1986

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda

ORDEN de 4 de julio de 1986, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Comunidad para 1987.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 44.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio de Gobierno y Administración de la Comunidad y 34 de la Ley 5/83, de 19 de julio de General de Hacienda, esta Consejería ha acordado dictar las siguientes instrucciones para la elaboración del Presupuesto de la Comunidad para 1987.

1. Ambito de aplicación.

Las normas de la presente Orden serán aplicables en los términos que en la misma se establecen:

a) a la Junta de Andalucía, incluidos los servicios transferidos de Seguridad Social.

b) a sus Organismos Autónomos de carácter administrativo.

c) a sus Organismos Autónomos de carácter comercial, industrial, financiero o análogo.

d) a las Empresas de la Junta de Andalucía.

e) a los demás Entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Andalucía no recogidos en los apartados anteriores, cuyos presupuestos se deban incluir en el de la Comunidad a tenor de lo previsto en el artículo

63 de su Estatuto.

2. Contenido del Presupuesto.

El Presupuesto de la Comunidad es único, por lo que los anteproyectos elaborados por los Entes determinados en el número anterior, recogerán la totalidad de las actuaciones y gastos previstos y, en su caso, los recursos y demás financiaciones estimadas.

3. Estructura del Presupuesto.

3.1. Estados de ingresos y recursos.

La estructura de los estados de ingresos y de recursos del Presupuesto de la Junta de Andalucía y de sus Organismos Autónomos, será la determinada en el Anexo 2 "Clasificación económica-Ingresos".

3.2. Estados de gastos y dotaciones.

Los créditos de los estados de gastos y de dotaciones se clasificarán: Por funciones y programas

Por categorías económicas

Por unidades orgánicas

Territorialmente

La definición numérica de las partidas presupuestarias expresarán la adscripción de las mismas en las tres primeras clasificaciones.

3.2.1. Los programas de gasto se numerarán y determinarán según la estructura funcional y de programas contenida en el Anexo 1, que podrán ser revisada por la Dirección General de Presupuestos.

3.2.2. Los créditos se ordenarán, según su naturaleza económica, por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, con arreglo a la clasificación y codificación establecida en el Anexo 2, "Clasificación económica-Gastos".

3.2.3. La Clasificación orgánica de los créditos, en Secciones y Servicios, se ajustará a la desarrollada en el Anexo 3.

3.2.4. El Anexo de Inversiones del Presupuesto recogerá la distribución territorial de las mismas por provincias, servicios generales o no asignados.

El Anexo de Personal del Presupuesto de la Comunidad desarrollará igualmente la distribución territorial tanto en efectivos como en puestos de trabajo.

3.3. Las Empresas de la Junta de Andalucía presentarán sus Programas de Actuación, Inversiones y financiación que se acompañarán, caso de percibir subvenciones u otras ayudas financieras con cargo al Presupuesto de la Comunidad, Presupuestos de explotación o de capital según la naturaleza de estas subvenciones o ayudas, con los correspondientes estados financieros de desarrollo.

3.4. Así mismo los estados de gastos e ingresos de los demás Entes del sector público de la Comunidad se ajustarán a los números 3.1 y 3.2 anteriores.

4. Documentos a presentar.

La documentación a presentar se acomodará a los modelos que se describen a continuación y se acompañan en el Anexo 4.

4.1. Anteproyectos de estados de ingresos y recursos. Estas fichas sólo se confeccionarán caso que existan Organismos Autónomos adscritos.

P.I.87-1. Precisiones. Determina por conceptos la recaudación estimada para 1986, las previsiones para 1987 y sus diferencias. P.I.87-2. Justificación de previsiones. Desarrollo del anterior. P.I.87-3. Remanente de Tesorería a 31.12.85 y Previsión a 31.12.86. P.I.87-4. Detalle y desarrollo del documento anterior.

4.2. Anteproyecto de estados de gastos y dotaciones.

Todas las partidas de gastos se cuantificarán en pesetas 1986, sin tomar en consideración inicialmente el comportamiento de la tasa de inflación ni las posibles revisiones salariales, incluidas las derivadas del Convenio Laboral de la Junta de Andalucía.

Los estados de gastos de servicios transferidos de Seguridad Social se redactarán con la estructura que les es propia, acompañando un documento de equivalencias que permita su consolidación en el presupuesto comunitario.

P.A.87-1. Funcionarios. Se confeccionará una ficha por cada Programa que realice la Consejería.

Se expresará por índice, grado y nivel el número de dotaciones en el presupuesto inicial de 1986 y las modificaciones efectuadas en dicha plantilla, sean consecuencia de reestructuración o por cambio a otros programas, obteniéndose como resultante la plantilla presupuestaria actualizada.

En las posteriores columnas se distribuirá la plantilla actualizadas de acuerdo con la nómina de mayo de 1986, entre plazas vacantes y efectivos reales, distinguiendo entre ellos los funcionarios de los interinos.

P.A.87-2. Personal Laboral Fijo. Se cumplimentará una ficha por cada Servicio, se indicará por columnas:

Grupo. Se indicará el correspondiente del Convenio Colectivo del personal laboral, al servicio de la Junta de Andalucía.

Categoría. igual al apartado anterior.

Efectivos. Los que realmente figuren en la nómina de mayo de 1986. Vacantes. Las existentes en mayo de 1986.

Plantillas. La figurada en el Presupuesto de 1986, que será igual a la suma de las dos columnas anteriores.

Importe. Se consignará el importe de la nómina de 1986 desglosada en los diferentes conceptos expresados en las subcolumnas.

P.A.87-3. Ajuste de dotaciones. Se cumplimentará una ficha por cada uno de los programas realizado en 1986.

Por conceptos económicos se asignará a cada una de las columnas que se expresan los importes correspondientes.

La columna 1 se refiere al Presupuesto de 1986 aprobado por el Parlamento de Andalucía.

Las columnas 2 y 3 recogerán las modificaciones, bien dentro del Programa o realizadas entre Programas, que deben tener repercusión en el Presupuesto de 1987.

Las columnas 4 y 5 recogerán los ajustes realizados durante 1986 pero que no se consolidan para ejercicios posteriores.

La columna 6 expresará la suma algebráica de todas las anteriores. La columna 7 consignará las crifras que se consideran consolidables para ejercicios posteriores y se obtendrá de la suma algebráica de las columnas 1, 2 y 3.

P.A.87-4. Inversiones. Se consignarán todos los proyectos de inversión previstos para 1987 indicando el Servicio y el concepto presupuestario, la dotación del proyecto en 1986, si la tuvo, y el importe previsto en 1987 y ejercicios posteriores.

P.G.87-1. Líneas de acción y metas sectoriales de la Consejería. Recogerán las actuaciones básicas que la Consejería se propone desarrollar en el año 1987.

Explicarán los grandes objetivos que se derivan de las actuaciones definidas en el apartado anterior, sin llegar a concretar los objetivos de los programas en que interviene la Consejería para cuyo detalle se reserva la ficha. P.A.87-4.

P.G.87-2. Desarrollo de la estructura programática. En la columnas "Presupuesto 1986" y "Presupuesto 1987" figurarán los programas en que interviene la Consejería siguiendo la numeración y denominación de los mismos, establecida en la estructura funcional y de programas. Igualmente se indicarán los importes de dichos programas, el presupuesto inicialmente para 1986 y el presupuesto para 1987.

P.G.87-3. Líneas de acción y explicación del programa. Se describirán de forma clara y concisa las acciones de tipo general que más eficazmente contribuyan al logro de los objetivos previstos del programa, cuyo detalle se reserva a la ficha P.G.87-4.

Se detallará la necesidad de su ejecución, indicando la demanda de la actuación pública y la utilización de los resultados del Programa.

P.G.87-4. Definición de objetivos. Se cumplimentará una ficha por cada Programa de la estructura programática de la Consejería. Los objetivos se ordenarán por su orden de prioridad en 1987. Por columnas se expresará:

Número de orden de prioridad en 1986 y 1987.

Denominación del objetivo.

Magnitud en que se expresa su cuantificación.

Cuantificación en 1986 y 1987.

Para la supresión o consideración de nuevos objetivos se procederá del siguiente modo:

No cuantificando los niveles de 1987 en caso de supresión. No cuantificando los niveles de 1986 en caso de nuevos objetivos.

P.G.87-5. Enumeración de indicadores. Se cumplimentará una ficha por cada objetivo.

En el cuerpo de la ficha se recogerán aquellas magnitudes físicas o financieras simples o compuestas que permitan apreciar el grado de consecución de los objetivos, de realización de los Programas y de utilización de los recursos en los años 1986 y 1987.

P.G.87-6. Acciones y actividades. Se cumplimentará una ficha para cada objetivo, indicando su orden de prioridad.

En el cuerpo de la ficha se recogerán las actuaciones significativas que sea necesario llevar a cabo para poder desarrollar el Programa y obtener el objetivo.

P.G.87-7. Dotaciones del Programa. Se cumplimentará una ficha por cada Programa en cuya ejecución participe la Sección presupuestaria, con independencia de los servicios afectados.

Por conceptos económicos se asignará a cada una de las columnas que se expresan, los importes que se consideren convenientes teniendo en cuenta que los importes de la columna "Presupuesto 1986 consolidado" deberán coincidir con los figurados en la ficha. P.A.87-3.

Todos los importes de la ficha figurarán expresados en miles de pesetas.

P.G.87-8. Justificación de diferencias. P.G.87-7. Se cumplimentará una ficha por cada diferencia que figure en las fichas P.G.87-7. Se indicará el Concepto presupuestario y el importe de la Diferencia en miles de pesetas.

Justificación. Se expondrán de forma clara y concisa los motivos que justifican la diferencia expresada.

P.G.87-9. Análisis de transferencias y subvenciones. Se cumplimentará una ficha por cada concepto expresando los códigos previstos para su identificación.

Importe total. Reflejará el crédito inicial de los ejercicios 1985 y

1986 y el que se proponga para 1987.

Número de beneficiarios, subvención media y subvención máxima unitaria . Expresará los datos efectivamente producidos en 1985, los estimados para 1986 y los que se hayan previstos para 1987.

Regulación Legal. Contendrá la enumeración de la normativa específica que regula la gestión de cada transferencia.

Descripción y finalidades. Las expondrá de forma sucinta. Efectos. Expondrá los que se pretendan conseguir, con especial referencia a los de naturaleza económica o social.

Beneficiarios. Relacionará los grupos o categorías genéricas de los destinatarios y perceptores finales. Si existe un agente intermedio se hará constar esta circunstancia en el apartado Gestión precisando si se trata de Corporaciones Locales u otros agentes.

Destino. Se clasificará señalando con una X la que corresponda. Si no está clasificada se indicará en el apartado en blanco y se señalará con una X.

Observaciones. Sin perjuicio de las que proceda formular, se dedicará, en su caso, a ampliar los apartados anteriores.

4.3. Empresas de la Junta de Andalucía.

Para la elaboración del Programa de Actuación, Inversiones y Financiación, y demás estados financieros se utilizarán los modelos E.P.87-1 a E.P.87-5.

5. Procesos de Elaboración.

5.1. La Dirección General de Presupuestos elaborará en coordinación con las Direcciones Generales de Tributos y de Tesorería el anteproyecto de estado de ingresos de la Junta de Andalucía y la previsión del importe de los beneficios que afecten a tributos de la Comunidad, pudiendo solicitar cuanta información estimen necesaria a tal fin.

5.2. Los anteproyectos de estados de gastos de las distintas Secciones del Presupuesto de la Junta serán remitidos por las Secretarías Generales Técnicas de las correspondientes Consejerías gestoras a la Dirección General de Presupuestos, acompañando en su caso los de los organismos Autónomos que estuvieran adscritos a los mismos, en los siguientes plazos.

A) antes del veintiuno de julio los documentos P.I.87 y P.A.87.

B) antes del seis de setiembre los documentos P.G.87.

En los mismos plazos se remitirán por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia la documentación de la Sección 01 Presidencia de la Junta; por la Dirección General de Tesorería, la de la Sección 03 Deuda Pública; y por la Dirección General del Patrimonio por los conceptos por ella gestionados en la Sección 31.

5.3. La documentación remitida por la Secretaría General Técnica de cada Consejería irá acompañada necesariamente de un Informe de la Intervención Delegada en la misma que, sin perjuicio de cuantas consideraciones fueran oportunas, hará especial referencia a la cobertura que se preste a las obligaciones de gasto adquiridas para el ejercicio 1987.

5.4. La Dirección General de Presupuestos examinará en coordinación con la Secretaría General, Organos responsables de Programa e Intervención Delegada de cada Consejería, la documentación presupuestaria recibida; a estos efectos se constituirán en la Dirección General de Presupuestos tantos grupos de trabajo como se consideren necesarios.

5.5. El Programa de Actuación, Inversiones y Financiación de las Empresas de la Junta de Andalucía se remitirá antes del diecisiete de julio. En su caso, la restante documentación que deben elaborar aquéllos que perciban subvenciones u otro tipo de ayuda, se presentará antes del seis de setiembre.

5.6. La documentación propia de los otros Entes del sector público comunitario se ajustará a los plazos y procedimientos de los números 5.2 , 5.3 y 5.4.

5.7. La Dirección General de Presupuestos elaborará los documentos previos precisos para conocimiento del Consejo de Gobierno y el Anteproyecto de Ley de Presupuestos.

DISPOSICION FINAL

Se autoriza a la Dirección General de Presupuestos para desarrollar y aclarar las presente normas y en especial de los modelos que componen los Anteproyectos del presupuesto, así como para introducir modificaciones en función de las necesidades resultantes del proceso de elaboración presupuestaria, a cuyo fin podrá dictar las instrucciones que sean precisas.

Sevilla, 4 de julio de 1986

CESAR ESTRADA MARTINEZ

Consejero de Hacienda

ANEXO 1

ESTRUCTURA FUNCIONAL Y POR PROGRAMAS

GRUPO 1 SERVICIOS DE CARACTER GENERAL

Función 1.1 Alta Dirección de la Junta de Andalucía.

1.1.A Jefatura del Gobierno. (Transferencia del A.M.A.)

1.1.B Actividad Legislativa.

1.1.C Control Externo del Sector Público.

Función 1.2 Administración General.

1.2.A Dirección y Servicios Generales de Gobernación.

1.2.B Dirección y Servicios Generales de Presidencia.

1.2.C Dirección y Servicios Generales de Economía e Industria. (Transferencia Interna I.P.I.A.)

1.2.D Dirección y Servicios Generales de Hacienda

1.2.E Dirección y Servicios Generales de Política Territorial.

1.2.F Dirección y Servicios Generales de Agricultura y Pesca.

1.2.G Dirección y Servicios Generales de Turismo, Comercio y Transportes.

1.2.H Dirección y Servicios Generales de Trabajo y Seguridad Social.

1.2.I Dirección y Servicios Generales de Salud y Consumo. (Transferencia Interna I.A.S.A.M.).

1.2.J Dirección y Servicios Generales de Educación y Ciencia

1.2.K Dirección y Servicios Generales de Cultura.

1.2.L Dirección y Servicios Generales de A.S.E.R.S.A.S.S.

1.2.M Dirección y Servicios Generales de R.A.S.S.S.A.

1.2.N Dirección y Servicios Generales de A.M.A.

1.2.Ñ Dirección y Servicios Generales de I.P.I.A.

1.2.O Dirección y Servicios Generales de I.A.R.A.

Función 1.3 Administración de la Función Pública y Perfeccionamiento de Funcionarios.

1.3.A Reforma y Administración de la Función Pública.

Función 1.4 Relaciones con las Corporaciones Locales.

1.4.A Coordinación con las Corporaciones Locales.

1.4.B Cooperación y apoyo de las actividades económicas de las Corporaciones Locales.

1.4.C Promoción económico-financiera de Entes Locales.

1.4.D Transferencias a CC.LL. por participación de ingresos.

Función 1.5 Información y Comunicaciones.

1.5.A Cobertura Informativa.

1.5.B Comunicación Social.

1.5.C Consejo Asesor de R.T.V.E.

1.5.D BOJA

Función 1.6 Relaciones Culturales.

1.6.A Conmemoración V Centenario.

Función 1.7 Actividades no clasificadas.

1.7.A Parque móvill, provisión de insuficiencias y funciones no clasificadas.

GRUPO 2 SEGURIDAD, PROMOCION Y PROTECCION SOCIAL

Función 2.1 Seguridad y Protección Civil.

2.1.A Seguridad.

2.1.B Protección Civil.

Función 2. 2. Seguridad Social y Protección Social.

2. 2.A Pensiones Asistenciales.

2. 2.B Prestaciones de Asistencia Social.

2. 2.C Servicios Sociales.

2. 2.D Administración relaciones laborales.

2. 2.E Protección de menores.

2. 2.F Acciones en favor de emigrantes andaluces.

2. 2.G Plan antidroga.

Función 2.3 Promoción Social.

2.3.A Fomento del empleo juvenil.

2.3.B Servicios complementarios de la enseñanza

GRUPO 3 PROMOCION DE BIENES PUBLICOS DE CARACTER SOCIAL

Función 3.1 Asistencia en Instituciones Sanitarias.

3.1.A Asistencia en Instituciones Sanitarias.

3.1.B Atención primaria y Promoción de la Salud.

3.1.C Hospitales y especialidades médicas.

3.1.D Transformación de las estructuras asistenciales en materia de Salud Mental.

3.1.E Asistencia Sanitaria Instituciones (AISNA)

Función 3.2 Educación.

3.2.A Educación Preescolar y E.G.B.

3.2.B Enseñanzas Medias.

3.2.C Educación Especial.

3.2.D Enseñanzas Integradas.

3.2.E Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas Especiales.

3.2.F Educación Compensatoria y Orientación Educativa.

3.2.G Educación de Adultos.

3.2.H Enseñanzas Sanitarias.

Función 3.3. Vivienda y Ordenación del Territorio.

3.3.A Promoción, adquisición y fomento en el Servicio de viviendas.

3.3.B Conservación de Viviendas y Urbanizaciones.

3.3.C Arquitectura y calidad de la edificación.

3.3.D Adquisición y preparación de suelo.

3.3.E Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Función 3.4 Bienestar Comunitario.

3.4.C Educación Ambiental

3.4.D Actuaciones en materia de consumo

Función 3.5 Cultura.

3.5.A Bellas Artes.

3.5.B Archivos, Libros y Bibliotecas.

3.5.C Música, Teatro y Cinematografía.

3.5.D Juventud y Deportes.

3.5.E Patronato de la Alhambra y el Generalife.

Función 3.6 Otros Servicios Comunitarios y Sociales.

3.6.A Administración y Gestión del Servicio del tiempo libre

GRUPO 4 PRODUCCION DE BIENES PUBLICOS DE CARACTER ECONOMICO

Función 4.1 Infraestructura básica y del transporte.

4.1.A Infraestructura hidráulica y de regadíos.

4.1.B Creación de Infraestructura y carreteras.

4.1.C Conservación y explotación de carreteras.

4.1.D Infraestructura y explotación de puertos.

4.1.E Ordenación y explotación del transporte por carreteras

4.1.F Planificación y promoción del transporte por carreteras.

Función 4.2 Investigación Científica, Técnica y Aplicada.

4.2.A Ordenación, Investigación Educativa y Formación del Profesorado.

4.2.B Investigación Científica.

Función 4.3 Mejora del Medio Natural.

4.3.A Protección Ambiental.

4.3.B Impacto Ambiental.

4.3.C Usos y Actividades en el Medio Natural.

GRUPO 5 REGULACION ECONOMICA DE CARACTER GENERAL

Función 5.1 Administración Financiera

5.1.A Mejora del Proceso de Gestión e Investigación tributaria.

5.1.B Control interno y Auditoría.

5.1.C Patrimonio de la Comunidad Autónoma.

GRUPO 6 INDUSTRIALIZACION, DESARROLLO Y REGULACION ECONOMICA DE SECTORES PRODUCTIVOS

Función 6.1 Agricultura, Ganadería y Pesca.

6.1.A Reforma de las estructuras agrarias y forestales.

6.1.B Ordenación y mejora de la producción agraria.

6.1.C Ordenación y reestructuración de la producción pesquera, acuicultura y marisqueo.

6.1.D Investigación, Experimentación, Difusión de Tecnología y Capacitación Agraria.

6.1.E Ordenación y Fomento de las Estructuras Industriales y Comerciales Agrarias.

Función 6.2 Industria.

6.2.A Promoción y Desarrollo Industrial.

Función 6.3 Energía.

6.3.A Planificación Energética.

Función 6.4 Minería.

6.4.A Fomento de la Minería.

Función 6.5 Comercio.

6.5.A Reforma de las Estructuras Comerciales.

6.5.B Promoción Comercial.

Función 6.6 Turismo.

6.6.A Ordenación de la Oferta Turística.

6.6.B Infraestructura Turística.

Función 6.7 Desarrollo Empresarial.

6.7.A Participación en Empresas Públicas e Instituciones Financieras.

6.7.B Fomento y Apoyo a PYMES.

6.7.C Desarrollo Cooperativo y Comunitario.

GRUPO 7 DEUDA PUBLICA

Función 7.1 Deuda Pública.

7.1.A Administración, Amortización y Gastos Financieros de la Deuda Pública Interior.

ANEXO 2

CLASIFICACION ECONOMICA

GASTOS

Cap. Art. Concepto Denominación

1 GASTOS DE PERSONAL

10 Altos Cargos

100 Retribuciones básicas y otras

remuneraciones de Altos Cargos.

00. Retribuciones básicas

01. Otras remuneraciones

11 Personal eventual de Gabinete

110 Retribuciones básicas y otras

remuneraciones del personal eventual de

Gabinete

00. Retribuciones básicas

01. Otras remuneraciones

12 Funcionarios

120 Retribuciones básicas Grupo A

121 Retribuciones básicas Grupo B

122 Retribuciones básicas Grupo C

123 Retribuciones básicas Grupo D

124 Retribuciones básicas Grupo E

126 Complemento de Destino

127 Otras retribuciones complementarias

127 Otras retribuciones complementarias

128 Retribuciones en especie

00. Casa vivienda

01. Vestuario

02. Bonificaciones

09. Otras

129 Asignación por destino en el

extranjero

13 Laborales

130 Retribuciones básicas laboral fijo

Grupo I

131 Retribuciones básicas laboral fijo

Grupo II

132 Retribuciones básicas laboral fijo

Grupo III

133 Retribuciones básicas laboral fijo

Grupo IV

134 Retribuciones básicas laboral fijo

Grupo V

135 Complemento de Categoría laboral fijo

136 Complementos Personales y Transitorios

laboral fijo

137 Otras retribuciones complementarias

laboral fijo

138 Retribuciones básicas laboral eventual

139 Retribuciones complementarias laboral

eventual

14 140 Personal contratado en régimen de

derecho administrativo

141 Personal vario

15 Incentivos al rendimiento

150 Productividad

151 Gratificaciones

16 Cuotas, Prestaciones y Gastos Sociales a

cargo del empleador

160 Cuotas Sociales

0.0. Seguridad Social

0.1. MUFACE

0.2. ISFAS

03. MUGEJU

09. Otras

161 Prestaciones sociales

09. Complemento Familiar

162 Gastos Sociales de Funcionarios y

Personal no laboral

00. Formación y perfeccionamiento del

personal

01. Transportes de personal

02. Economatos y comedores

03. Bonificaciones

09. Otros

163 Gastos Sociales de Personal Laboral

00. Formación y perfeccionamiento del

personal

01. Economatos y comedores

02. Transportes de personal

03. Bonificaciones

09. Otros

2 GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

20 Arrendamientos

200 Terrenos y bienes naturales

202 Edificios y otras construcciones

203 Maquinarias, instalaciones y utillaje

204 Material de transporte

205 Mobiliario y Enseres

206 Equipos para procesos de información

209 Otro inmovilizado material

21 Reparación y Conservación

210 Terrenos y bienes naturales

212 Edificios y otras construcciones

213 Maquinaria, instalaciones y utillaje

214 Material de transportes

215 Mobiliario y enseres

216 Equipos para procesos de información

219 Otro inmovilizado material

22 Material, Suministros y Otros

220 Material de oficina

00. Ordinario no inventariable

01. Mobiliario y enseres

02. Prensa, revistas y publicaciones

periódicas

03. Libros y otras publicaciones

04. Material Informático

22 Material, Suministros y Otros

220 Material de oficina

00. Ordinario no inventariable

01. Mobiliario y enseres

02. Prensa, revistas y publicaciones

periódicas

03. Libros y otras publicaciones

04. Material informático

221 Suministros

00. Energía eléctrica

01. Agua

02. Gas

03. Combustibles

04. Vestuario

05. Productos alimenticios

06. Productos farmacéuticos

09. Otros suministros

222 Comunicaciones

00. Telefónicas

01. Postales

02. Telegráficas

03. Télex

09. Otras

223 Transportes

00. P.M.M.

01. RENFE

02. FEVE

09. Entes privados

224 Primas de Seguros

00. Edificios y locales

01. Vehículo

08. Otro inmovilizado

09. Otros riesgos

225 Tributos

00. Locales

01. Autonómicos

02. Estatales

226 Gatos Diversos

00. Canónes

01. Atenciones protocolarias y

representativas

02. Publicidad y propaganda

03. Jurídicos, contenciosos

05. Remuneraciones a agentes mediadores

independientes

06. Reuniones y conferencias

09. Otros

227 Trabajos realizados por otras Empresas

00. Limpieza y aseo

01. Seguridad

02. Valoraciones y peritajes

22 227 03. Postales

04. Custodia, depósito y almacenaje

05. Procesos electorales

06. Estudios y trabajos técnicos

09. Otros

23 Indemnizaciones por razón del servicio

230 Dietas

231 Locomoción

232 Traslado

233 Otras indemnizaciones

24 Serviciones Nuevos

240 Arrendamientos

241 Reparación y conservación

242 Material, suministros y otros

3 GASTOS FINANCIEROS

30 Deuda Interior

300 Intereses de obligaciones y bonos

Desarrollo por deuda y cupón o emisión

302 Primas de reembolso de obligaciones y

bonos

Desarrollo por emisiones

309 Gastos de emisión, modificación y

cancelación

Desarrollo por emisiones

31 310 Intereses de obligaciones y bonos, en

pesetas

311 Prima de reembolso de obligaciones y

bonos

Desarrollo por emisiones

318 Diferencias de cambio moneda extranjera

de obligaciones y bonos

Desarrollo por Deuda

319 Gastos de emisión, modificación y

cancelación

Desarrollo por emisiones

32 Préstamos y anticipos

320 Interés de préstamos y anticipos en

pesetas.

321 Intereses de préstamos y anticipos en

divisas

Desarrollo en divisas, préstamos y

vencimiento

328 Diferencia de cambio moneda extranjera

de préstamos y anticipos.

329 Gastos de formalización, modificación

y cancelación

Desarrollo por préstamos

33 Depósitos, fianzas y otros

330 Intereses de depósitos

331 Intereses de fianzas

332 Intereses de demora

339 Otros gastos financieros

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

40 A la Administración del Estado

41 A Organismos Autónomos Administrativos

42 A la Seguridad Social

43 A Organismos Autónomos Comerciales,

Industriales o Financieros

44 A Empresas Públicas y Otros Entes

Públicos

45 A Comunidades Autónomas

46 A Corporaciones Locales

47 A Empresas Privadas

48 A Familias e Instituciones sin fines de

lucro

49 Al Exterior

6 INVERSIONES REALES

60 Proyectos de inversión nueva

600 Terrenos y bienes naturales

00. Adquisición

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

602 Edificios y otras construcciones

00. Adquisiciones

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

603 Maquinaria, instalaciones y utillaje

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

604 Material de transporte

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

065 Mobiliario y enseres

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

606 Equipos para procesos de información

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

607 Bienes destinados al uso general

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

608 Otro inmovilizado material

00. Adquisición

01. Construcción

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

609 Inmovilizado material

00. Adquisición

02. Gastos inherentes transmisión

propiedad

03. Incorporación de bienes y

servicios

61 Proyectos de inversión nueva

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

62 Proyectos de inversión nueva

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

63 Proyectos de inversión nueva

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

64 Proyectos de inversión nueva

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

65 (El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

66 Proyectos de inversión de reposición

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

67 Proyectos de inversión de reposición

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

68 Proyectos de inversión de reposición

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

69 Proyectos de inversión de reposición

(El mismo desarrollo en conceptos y

subconceptos que en el artículo 60)

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

70 A la Administración del Estado

71 A Organismos Autónomos

Administrativos

72 A la Seguridad Social

73 A Organismos Autónomos Comerciales,

Industriales o Financieros

74 A Empresas Públicas y Otros Entes

Públicos

75 A Comunidad Autónomas

76 A Corporaciones Locales

77 A Empresas Privadas

78 A Familias e Instituciones sin fines

de lucro

79 Al Exterior

8 ACTIVOS FINANCIEROS

80 Adquisición de Deuda Interior

800 Compra de obligaciones y bonos a corto

plazo

Desarrollo por Deuda o emisión

801 Compra de obligaciones y bonos a corto

plazo

Desarrollo por Deduda emisión

802 Compra de obligaciones y bonos a medio

y largo plazo

Desarrollo por Deuda o emisión

81 Adquisición de Deuda Exterior

810 Compra de obligaciones y bonos a corto

plazo, en divisas

Desarrollo por divisas, Deuda o

emisión

811 Compra de obligaciones y bonos a corto

plazo en divisas

Desarrollo por divisas, Deuda o

emisión

812 Compra de obligaciones y bonos a medio

y largo plazo, en pesetas

Desarrollo en divisas, Deuda o

emisión

813 Compra de obligaciones y bonos a medio

y largo plazo, en divisas

Desarrollo de Deuda o emisión

82 Concesión de préstamos

820 Préstamos y anticipos concedidos a

corto plazo, en pesetas

821 Préstamos y anticipos concedidos a

corto plazo, en divisas

Desarrollo en divisas, préstamos y

vencimientos.

822 Préstamos y anticipos concedidos a

medio y largo plazo, en pesetas

Desarrollo por sectores

823 Préstamos y anticipos concedidos a

medio y largo plazo, en divisas

Desarrollo en divisas, préstamos y

vencimientos

83 Constitución de depósitos y fianzas

830 Depósitos constituidos

831 Fianzas constituidas

84 Adquisición de acciones

840 Compra de acciones de Sociedades

Estatales

841 Compra de acciones de Empresas

Privadas

842 Compra de acciones de Empresas

Extranjeras

9 PASIVOS FINANCIEROS

90 Amortización de Deuda interior

Desarrollo por Deuda o emisión

902 Cancelación de obligaciones y bonos

a medio y largo plazo

Desarrollo por Deuda o emisión

91 Amortización de Deuda exterior

910 Cancelación de obligaciones y bonos a

corto plazo, en pesetas

Desarrollo por Deuda o emisión

911 Cancelación de obligaciones y bonos a

corto plazo, en divisas

Desarrollo en divisas, Deuda o

emisión

912 Cancelación de obligaciones y bonos a

medio y largo plazo, en pesetas

Desarrollo por Deuda o emisión

913 Cancelación de obligaciones y bonos a

medio y largo plazo, en divisas

Desarrollo en dividas, Deuda o

emisión

92 Amortización de préstamos

920 Cancelación de préstamos y anticipos a

corto plazo, en pesetas

Desarrollo por sectores

921 Cancelación de préstamos y anticipos a

corto plazo, en divisas

Desarrollo en divisas, préstamos y

vencimiento

922 Cancelación de préstamos y anticipos a

medio y largo plazo, en pesetas

Desarrollo por sectores

923 Cancelación de préstamos y anticipos a

medio y largo plazo, en divisas

Desarrollo en divisas, préstamos y

vencimiento

93 Devolución de depósitos y fianzas

930 Devolución de depósitos

931 Devolución de fianzas

OPERACIONES CORRIENTES

1 IMPUESTOS DIRECTOS

10 Sobre la Renta

11 Sobre el Capital

2 IMPUESTOS INDIRECTOS

20 Sobre transmisiones patrimoniales y

actos jurídicos documentados

21 Sobre tráfico de Empresas

22 Sobre consumo

23 Sobre tráfico exterior

24 Monopolios fiscales

3 TASAS Y OTROS INGRESOS

30 Venta de bienes

31 Prestación de servicios

32 Otras tasas

33 Tributosw parafiscales

34 Arbitrios con fines no fiscales

38 Reintegros

39 Otros ingresos

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES

40 De la Administración del Estado

41 De Organismos Autónomos Administrativos

42 De la Seguridad Social

43 De Organismos Autónomos Comerciales,

Industriales o Financieros

44 De Empresas Públicas y Otros Entes

Públicos

45 De Comunidades Autónomas

46 De Corporaciones Locales

47 De Empresas Privadas

48 De Familias e Instituciones sin fines de

lucro

49 Del Exterior

5 INGRESOS PATRIMONIALES

50 Intereses de título y valores

51 Intereses de anticipos y préstamos

concedidos

52 Intereses de depósitos

53 Dividendos y participaciones en

beneficios

54 Rentas de inmuebles

55 Productos de concesiones y

aprovechamientos especiales

57 Resultado de operaciones comerciales

58 Variación del fondo de maniobra

59 Otros ingresos Patrimoniales

OPERACIONES DE CAPITAL

6 ENAJENACION DE INVERSIONES REALES

60 De terrenos

61 De las demás inversiones reales

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

70 De la Administración del Estado

71 De Organismos Autónomos Administrativos

72 De la Seguridad Social

73 De Organismos Autónomos Comerciales,

Industriales o Financieros

74 De Empresas Públicas y Otros Entes

Públicos

75 De Comunidades Autónomas

76 De Corporaciones Locales

77 De Empresas Privadas

78 De Familias e Instituciones sin fines de

lucro

79 Del Exterior

8 ACTIVOS FINANCIEROS

80 Enajenación de Deuda Exterior

81 Enajenación de Deuda Exterior

82 Reintegros de préstamos concedidos

83 Reintegro de depósitos y fianzas

constituidas

84 Enajenación de acciones

87 Remanente de Tesorería

9 PASIVOS FINANCIEROS

90 Emisión de Deuda Interior

91 Emisión de Deuda Exterior

92 Préstamos recibidos4

93 Depósitos y fianzas recibidas

94 Emisión de Acciones

95 Emisión de moneda

ANEXO 2

1. CLASIFICACIONES ORGANICAS DE PRIMER GRADO

SECCIONES DENOMINACION

01 Presidencia de la Junta

02 Parlamento de Andalucía

03 Deuda Pública

11 Consejería de Gobernación

12 Consejería de la Presidencia

13 Consejería de Economía e Industria

14 Consejería de Hacienda

15 Consejería de Política Territorial

16 Consejería de Agricultura y Pesca

17 Consejería de Turismo, Comercio y Transportes

18 Consejería de Trabajo y Seguridad Social

19 Consejería de Salud y Consumo

20 Consejería de Educación y Ciencia

21 Consejería de Cultura

31 Gastos de Diversas Consejerías

2. CLASIFICACIONES EN SERVICIOS DE LAS SECCIONES 11 A 21

Gastos financiados con recursos tributarios y propios

01. Gastos de los Servicios Centrales.

02. Gastos de las Delegaciones Provinciales.

03. Gastos de otros Servicios y Centros.

En los Servicios 01 y 02 se incluirán los gastos de funcionamiento e inversión de servicios administrativos a nivel central y provincial (Capítulos 1, 2 y 6, este último en lo concerniente a inversión nueva o de reposición en edificios y equipamiento).

El Servicio 03 recogerá los gastos de toda clase de actividades de prestación de bienes y servicios, tanto si se trata de acciones comunitarias no realizadas anteriormente por el Estado, como si corresponden a servicios transferidos incluidos en el porcentaje de participación para 1986.

Gastos financiados con transferencias del Estado

11 a 17. Gastos de los Servicios transferidos (coste efectivo), que4 no entran en porcentaje de participación de 1986 (Desglose por materia o Reales Decretos de Transferencias de cada servicio transferido).

18. Otras dotaciones por competencias asumidas o concertadas que no constituyen coste efectivo de servicios

transferidos.

19. Fondo de Compensación Interterritorial.

ANEXO 4 - DOCUMENTOS

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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