Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
La Orden de 9 de enero de 1986 de la Consejería de Educación y Ciencia (BOJA 17.1.86) dictó instrucciones para la implantación del régimen de conciertos educativos prevista en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el Real Decreto 2377/1985 de
18 de diciembre por la que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
Vistas las solicitudes presentadas por los Centros privados que imparten enseñanzas de Educación General Básica, Educación Especial y Formación Profesional de Primer y Segundo Grados, una vez finalizado el procedimiento y cumplidos los trámites previstos en la citada Orden y el de vista y audiencia conforme a lo establecido en el artículo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo, previo informe de los Centros directivos competentes, y de acuerdo con los Artículos 3 y 24 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:
Primero. Denegar los conciertos educativos con los centros docentes privados relacionados en el Anexo de la presente Orden con especificación de los motivos de no concertación.
Segundo. Los Delegados Provinciales de Educación y Ciencia notificarán el contenido de esta Orden a los interesados, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 24.2 del Real Decreto 2377/85 de 18 de diciembre.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Artículo 24 del Reglamento de Normas Básicas de Conciertos Educativos, contra la presente Resolución denegatoria los interesados podrán interponer recurso de reposición previo a la vía contencioso-administrativa ante el Consejero de Educación y Ciencia en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución.
Sevilla, 2 de julio de 1986.
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Educación y Ciencia
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Descargar PDF