Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 30/7/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Política Territorial

ORDEN de 14 de julio de 1986, por la que se designan municipios de actuación preferente en rehabilitación en la provincia de Jaén.

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Ilustrísimos señores:

El Decreto 238/85 de 6 de noviembre por el que se regulan ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas en municipios de actuación preferente en rehabilitación establece en su artículo primero, el requisito de la designación previa de los municipios para amparar en los mismos obras de conservación y mejora de viviendas y poder solicitar los residentes las ayudas técnicas y económicas que contempla el citado Decreto. En el artículo segundo se definen las circunstancias que deben concurrir en los municipios para acceder a esta condición y el procedimiento para la designación.

Los municipios de la provincia de Jaén, cuya declaración se contiene en esta Orden, se caracterizan por presentar, de acuerdo con los datos que arrojan los estudios realizados por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, elevados grados de necesidad potencial de vivienda y niveles de degradación del Patrimonio edificado, con un valor medio para el primer parámetro de 53.00 en una escala cuyo recorrido va desde 1.29 a 75.6 y para el segundo de 60.00 en una escala provincial que va desde 0.76 a

92.86, valor éste último que corresponde a Torredelcampo. Además, el conjunto de municipios poseen indicadores económicos que reflejan una situación de desfavorables circunstancias socio económicas, que aconsejan la intervención de la Administración Autonómica con objetivos de ayuda financiera y técnica para la solución del problema del alojamiento de las capas sociales más desasistidas, principales destinatarias del Decreto

238/85. Así el conjunto de estos municipios tienen unos valores de renta por habitante en torno a las 230.000 ptas. y regionales, 275.000 ptas. También las tasas de paro arrojan valores elevados: la media para el conjunto es de 31,3%, siendo la media provincial de 40,8% y la de Andalucía 29,7%.

El valor arquitectónico del patrimonio de los cascos antiguos de estos núcleos parece conocido. En algunos casos se encuentran además declarados por la propia Administración, como Alcalá la Real, Cazorla y Huelma, con declaración de Conjunto Histórico Artístico, y en otros, Begijar y Hornos, incoado el procedimiento para la declaración. En ellos se van a desarrollar actuaciones de planeamiento urbanístico destinados a crear condiciones favorables para la protección y recuperación de sus conjuntos, objetivo en el que también incide la intervención al amparo del Decreto

238/85.

Por todas estas razones, a propuesta del Director General de Arquitectura y Vivienda, previa petición expresa de los Ayuntamientos e informe favorable de la Comisión Provincial de Vivienda de Jaén, esta Consejería ha tenido ha bien disponer:

Artículo 1º. Se designan para el programa anual de 1986 en la provincia de Jaén los siguientes municipios de actuación preferente en rehabilitación, a los efectos del Decreto 238/85 sobre ayudas para obras de conservación y mejora de viviendas:

Alcalá la Real.

Beas de Segura. Begijar.

Cazorla.

Chiclana de Segura.

Hornos.

Huelma.

Martos.

Quesada.

Santiago Pontones.

Torredelcampo.

Torredonjimeno.

Vilches.

Artículo 2º. Los particulares interesados en obtener los beneficios establecidos en el Decreto 238/85 para las obras de conservación y mejora de sus viviendas y que reúnan los requisitos definidos para los promotores y sus viviendas, dispondrán del plazo de dos meses desde la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para presentar sus solicitudes ante los Ayuntamientos respectivos.

Artículo 3º. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que hago saber a VV.II. para su conocimiento y ejecución.

Sevilla, 14 de julio de 1.986

JAIME MONTANER ROSELLO

Consejero de Política Territorial

Ilustrísimos Señores: Viceconsejero, Secretario General Técnico, Director General de Arquitectura y Vivienda y Delegado Provincial de Jaén, de la Consejería.

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