Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 5/8/1986

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 25 de julio de 19 plan de mejora de la finca El Avitorejo, del término municipal de Moguer (Huelva).

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El Pleno Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Moguer, en sesión extraordinaria celebrada el 2 de junio de 1986 acordó la concesión demanial de una superficie de 220 Has, de la finca "El Avitorejo" del término municipal de Moguer (Huelva), a favor del Instituto Andaluz de Reforma Agraria.

Para racionalizar la explotación de este predio de acuerdo con sus recursos potenciales y poder llevar a cabo asentamientos de agricultores, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria ha redactado el Plan de Mejora de la finca El Avitorejo en el que se incluyen las mejoras que es necesario realizar.

En consideración a lo expuesto esta Consejería se ha servido disponer:

Primero. Se aprueba el Plan de Mejora de la Finca El Avitorejo del término municipal de Moguer (Huelva).

Segundo. Considerándose las redes de caminos e infraestructura general de riego, la electrificación y la sistematización de terrenos como mejoras permanentes incorporadas a la finca, serán proyectadas, ejecutadas y financiadas por el IARA y su importe cargado en la contabilidad patrimonial de la finca, por lo que de acuerdo con lo establecido en el artículo 183 del Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, será tenido en cuenta para la fijación del canon de concesión.

Tercero. Las instalaciones especiales de riego quedan clasificadas de interés privado por lo que serán proyectadas por el IARA y financiadas según lo previsto en el Decreto 191/1985, de 28 de agosto.

Cuarto. Los proyectos correspondientes a la red de caminos, infraestructura de riego y electrificación deberán estar redactadas en el tercer trimestre de 1986 e iniciarse las obras en el cuarto trimestre, en cuanto a los proyectos de sistematización de terrenos e instalaciones especiales de riego deberán estar redactados en el cuarto trimestre de

1986 e iniciarse las obras en el segundo trimestre de 1987. En todo caso, las obras deberán estar concluidas en el cuarto trimestre de 1987.

Quinto. Por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria se aprobarán las normas pertinentes para mejor aplicación de cuanto dispone la presente Orden.

Sevilla, 25 de julio de 1986

MIGUEL MANAUTE HUMANES

Consejero de Agricultura y Pesca

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