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Visto el Expediente instruido por esta Consejería de Gobernación, para subvencionar al Ayuntamiento de Espejo.
En virtud de las facultades que legalmente me vienen atribuidas por la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza y ley 9/1985 de 28 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
HE RESUELTO
1º. Autorizar la concesión de una subvención de un millón trescientas mil pesetas (1.300.000) al Ayuntamiento de Espejo.
2º. Dicha subvención será justificada de acuerdo con el artículo 2º del Decreto 2784/1964 de 27 de julio.
Sevilla, 14 de julio de 1986.- El Viceconsejero, Eduardo Rejón Gieb.
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