Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo establecido en los artículos 95 y siguientes del Reglamento de Bienes, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo
781/86, de 18 de abril y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
1º. Dar conformidad a la enajenación mediante subasta pública de una parcela, sita en la "Redonda Sur de la Aldea del Morente", acordado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 20 de enero de 1986, y cuya descripción es la siguiente:
Parcela situada en "La Redonda Sur de la Aldea del Morente", con una superficie de 3.808 m2, linda al Norte con la Redonda, al Este con la Redonda y con tierras de D. Cristóbal Corredor Corredor, al Sur con tierras de D. Alfonso León Castro y Oeste con la vía pública. Está valorada en 375.000 ptas.
2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Bujalance (Córdoba).
3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de julio de 1986.
ENRIQUE LINDE CIRUJANO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF