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Ilmo. Sr.:
En el recurso Contencioso-Administrativo seguido ante la Audiencia Territorial de Sevilla con el número 1346, interpuesto por D. Manuel Tirado Bencano, contra la resolución del recurso de reposición por él formulado contra la Orden de 9 de junio de 1984 que resolvía el concurso de traslado entre profesores de Educación General Básica dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se ha dictado Sentencia con fecha 19 de julio de 1986, cuya parte dispositiva literalmente dice: "Fallamos: Que accediéndose en parte a las pretensiones deducidas por D. Manuel Tirado Bencano contra la Orden de 9 de junio de 1984 de la Consejería de Educación y Ciencia y acuerdo de 5 de junio de 1985 resolutorio de la reposición, lo anulamos por no estar ajustado a Derecho en lo que se refiere a la elevación del número de vacantes en la plaza de La Algaba de cuatro a cinco, a cuyo último número de elevan las vacantes a proveer en el concurso 1983-84, debiéndose adjudicar dicha plaza al recurrente y anulación de la adjudicación que se le hizo a la plaza de Guillena, siempre que el recurrente fuese el solicitante con mejor derecho en el concurso; sin costas".
Esta Consejería, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, en lo que a esta Consejería respecta.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y cumplimiento.
Sevilla, 6 de octubre de 1986
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
Ilmo. Sr. Director General de Personal
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