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Por Decreto 2270 de 25 de agosto de 1978, fue declarada de utilidad pública la concentración de Cazadilla (Jaén). Examinado el Plan de Obras y Mejoras de la Zona de Concentración de Cazalilla (Jaén), redactado por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria, esta Consejería considera que las obras en él incluidas han sido debidamente clasificadas, según determina el artículo 147 del Reglamento para le ejecución de la Ley de Reforma Agraria, aprobado por el Decreto
276/1984, de 30 de octubre y que dichas obras son convenientes para obtener de la concentración de explotaciones unos mayores beneficios al dotar a la zona de una red de caminos que facilite el acceso a las nuevas fincas.
En su virtud, y a propuesta del Instituto Andaluz de Reforma Agraria,
D I S P O N G O :
Primero. Se aprueba el Plan de Obras y Mejoras de la zona de concentración de Cazalilla (Jaén).
Segundo. De acuerdo con los artículos 147.1 y 148 del Reglamento para la ejecución de la Ley de Reforma Agraria, la red de caminos se clasifica en el grupo a, como obras de interés general de la Comunidad Autónoma por lo que, según establecen los artículos 151 y 155 del citado Reglamento serán ejecutadas por el I.A.R.A. y sufragadas íntegramente por la Administración Autónoma.
Tercero. El proyecto de la red de caminos deberá redactarse en el segundo semestre de 1986 e iniciarse las obras en el primer semestre de
1987.
Cuarto. Una vez finalizadas las obras serán entregadas al Ayuntamiento de Cazalilla (Jaén).
Quinto. Por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria se dictarán las normas pertinentes para la ejecución y mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente Orden.
Sevilla, 1 de octubre de 1986
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
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