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Observados errores y omisiones en la Resolución de la Dirección General de Ordenación Académica de 4 de septiembre de 1986 (BOJA núm. 85, del 12), por la que se establecen normas sobre organización y funcionamiento de las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos durante el curso
1986/1987, procede su modificación en los siguientes términos:
Apartado I. Plan de Centro. Punto 2.3. Después del último punto y aparte se añadirá: "Las competencias otorgadas al Consejo Escolar del Centro serán asumidas por el Claustro de Profesores". Punto 2.10. pasa a 2.11. Quedando redactado el 2.10. de la forma siguiente:
2.10. Realizado el Plan de Centro se remitirá una copia del mismo, antes del día 15 de noviembre a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia, para su envío a la Dirección General de Ordenación Académica.
Apartado VI. Actividades Culturales y Recreativas. Punto 6. Donde dice: " previa aprobación por el Consejo Escolar", debe decir " previa aprobación por el Claustro de Profesores".
Sevilla, 9 de octubre de 1986.- El Director General, José Rodríguez Galán.
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