Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 18/12/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

RESOLUCION de 22 de septiembre de 1987, del Servicio Andaluz de Salud, por la que se efectúa la modificación parcial de la Resolución 3/ 87, de 10 de abril, de delegación de facultades en materia de aprobación de gastos y contratación administrativa.

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El artículo 12 del Decreto 80/87, de 25 de marzo, de Ordenación y Organización del Servicio Andaluz de Salud atribuye al Director-Gerente la competencia en materia de ordenación de las fases de autorización, disposición, contratación de obligaciones y pago del organismo, así como las de ordenación del régimen de adquisición de bienes y contratación de servicios para el funcionamiento de los Centros y Servicios adscritos, de formalización de contratos y conciertos, el establecimiento de Centros de Gastos y el dictado de cuantas Resoluciones y normas de carácter interno sean precisas para el mejor funcionamiento del Organismo. La Ley de Procedimiento Administrativo, así como la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y la Ley 6/85 de 25 de julio, de Gobierno y Administración de esta Comunidad Autónoma, con carácter general, posibilitan la delegación de facultades, tanto de celebrar contratos administrativos, como de aprobación de gastos, autorización de su compromiso y liquidación de los mismos. Partiendo de que la organización, tanto Central como Territorial del Servicio Andaluz de Salud, establecida por el Decreto 80/87 de 25 de marzo, ya citado, permite desarrollar una función ajustada a las diferentes necesidades de los Centros y Servicios integrados en dicho Organismo y con el fin de agilizar la gestión presupuestaria y el pago de obligaciones y de potenciar la gestión administrativa de contratos y servicios que garanticen el eficaz funcionamiento del sistema sanitario público, se aprobó la Resolución 3/87, de 10 de abril, de delegación de facultades en materia de aprobación de gastos y contratación administrativa.

Una vez superadas las etapas iniciales de organización de la estructura del Servicio Andaluz de Salud y habiéndose asumido por las Direcciones Generales las competencias que le venían atribuidas, es conveniente modificar la Resolución 3/87, de 10 de abril, en lo relativo a la atribución de facultades en materia de contratación. En su virtud, en uso de las facultades que me ha sido conferidas,

R E S U E L V O

Modificar los apartados segundo y tercero de la Resolución 3/87, de 10 de abril, de delegación de facultades en materia de aprobación de gastos y contratación administrativa, que quedan redactados como se relaciona a continuación:

"Segundo. Se delega con carácter general en el Director General de Infraestructuras y Contrataciones y en los Gerentes Provinciales del Servicio Andaluz de Salud la facultad de celebrar contratos administrativos de obras, suministros, gestión de servicios y asistencia, así como cuantas competencias atribuyan al órgano de contratación la Ley de Contratos del Estado y su Reglamento hasta las siguientes cuantías: a) Contratos de Obras:

Director General de Infraestructuras y Contrataciones, hasta 150 millones de pesetas.

Gerentes Proviciales, hasta 75 millones de pesetas. b) Contratos de Suministros, Gestión de Servicios y Asistencia: Director General de Infraestructuras y Contrataciones, hasta 150 millones de pesetas.

Gerentes Provinciales, hasta 75 millones de pesetas.

Tercero. 1. En todo caso, será competente para celebrar contratos administrativos de cuantía superior a 75 millones de pesetas, que no exceda de 150 millones de pesetas, cualquiera que fuere su clase, el Director General de Infraestructuras y Contrataciones. 2. Los Contratos administrativos de cuantía superior a 150 millones de pesetas, sólo podrán celebrarse por el Director General de Infraestructuras y Contrataciones, previa autorización expresa del Director-Gerente. En la solicitud de dicha autorización deberán exponerse las razones que motivan esta petición, debiendo constar la resolución autorizante en el correspondiente expediente del contrato administrativo".

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de septiembre de 1987.- El Director-Gerente, Agustín Ortega Limón.

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