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Vista la propuesta formulada por el Servicio General del Patrimonio Histórico,
Esta Dirección General ha acordado:
1º. Tener por incoado expediente de declaración de Monumento, como Bien de Interés Cultural, a favor de la Iglesia de Nuestra Señora del Carmen, en Vélez Rubio, cuya descripción figura como anexo de la presente disposición.
En base al mantenimiento de un entorno homogéneo, se ha delimitado la zona afectada por esta incoación cuyos límites figuran en el anexo de la presente disposición.
2º. Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
3º. Hacer saber al Ayuntamiento de Vélez Rubio que, según lo estipulado por el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, debe procederse a la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas. Las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse en tales zonas con carácter inaplazable, deberán contar, en todo caso, con la autorización previa de esta Dirección General.
4º. Que el presente acuerdo se publique en el BOJA y en el BOE, abriéndose, cuando esté completo el expediente, un periodo de información pública.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Sevilla, 23 de noviembre de 1987.- El Director General, Bartolomé Ruiz González.
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