Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 3/4/1987

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 11 de marzo de 1987, por conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ayuntamiento de Fuensanta de Martos (Jaén), por otros propiedad de don Eduardo Chica Bonilla.

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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley

7/1985 de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación. El Decreto 2/1979 de 30 de julio, en relación con el art. 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de

30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el art. 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

1º. Prestar conformidad a la permuta de unos terrenos, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Fuensanta de Martos (Jaén), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 20 de mayo de 1986, por otros propiedad de D. Eduardo Chica Bonilla y cuyas descripciones son las siguientes:

Propiedad municipal. Parcela a segregar de la finca matriz sita en el Paraje denominado "Banderas", con una extensión superficial de 460 m2, con los siguientes linderos: al Norte, con D. Antonio Molina Lara; al Sur, con el camino del Encinar; al Oeste, con el Barranco de el Grifo; al Este, con el Barranco de las Pajaricas. Tiene una valoración pericial de 83.260 ptas.

Propiedad particular. Pieza de tierra calma, de secano e indivisible, en el sitio de La Colada, con una extensión de 10 áreas y los siguientes linderos: al Norte, con D. Simón Santiago; al Sur, con D. Miguel Lemus; al Este, con el carril del Cementerio y al Oeste con el camino de La Colada. Tiene una valoración pericial de 90.200 ptas. Consta además en el expediente la renuncia expresa del particular a la diferencia existente entre ambas valoraciones.

2º. Comunicar la presente Orden al Ilmo. Ayuntamiento de Fuensanta de Martos (Jaén).

3º. Publicarla en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de marzo de 1987

ENRIQUE LINDE CIRUJANO

Consejero de Gobernación

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