La Junta
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De acuerdo con lo establecido en el art. 71.3 de la Ley 2/1985, de 2 de mayo, del Parlamento Andaluz, se pone en público conocimiento que el punto segundo de la Asamblea General Extraordinaria celebrada, en segunda convocatoria por esta Sociedad con fecha diecisiete de marzo de 1987, se adoptó el acuerdo que, literalmente transcrito, dice así:
Segundo. Disolución de la Cooperativa.
De conformidad con lo previsto en el art. 44, de los Estatutos Sociales y el art. 70, 1-c) de la Ley 2/1985, de 2 de mayo del Parlamento Andaluz, por unanimidad se acuerda disolver la Sociedad Cooperativa de Viviendas "Miramota".
Alcalá la Real, 26 de marzo de 1987.- Por la Sociedad, El Presidente, D.N.I. 25.754.437.- El Secretario, D.N.I. 25.855.593.
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