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De orden delegada por el Exmo. Sr. Consejero de Trabajo y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 3 de noviembre de 1986, por la Audiencia Territorial de Sevilla en Recurso Contencioso-Administrativo nº 532/84 promovido por la Empresa Banco de Santander, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que accediéndose a las pretensiones deducidas por el "Banco de Santander, S.A.", contra los acuerdos de la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, los anulamos por no estar ajustados a Derecho, con devolución del importe de la sanción, en su caso; sin costas.
Sevilla, 10 de abril de 1987.- El Secretario General Técnico, Pedro Bisbal Aróztegui.
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