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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en Capítulo III, del Decreto 2617/66, de 20 de octubre sobre autorización de Instalaciones eléctricas, Decreto 2619/66, Reglamento de 23.2.49, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que nos competen, según el apartado
9 del artículo 2º del R.D. 1091/81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, S.A. Domicilio: Granada, Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Apoyo número 13 línea a Cogollos-Albuñán. Final: Centro de transformación.
Término municipal afectado: Albuñán.
Tipo: Subterránea.
Longitud en Km.: 0,140.
Tensión de Servicio: 20 KV.
Conductores: Al. 1 x 150 mm2 aislamiento seco 12/20 KV. Potencia a transportar: 250 KVA.
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Albuñán.
Tipo: Interior.
Potencia: 250 KVA.
Relación de transformación: 20 KV.+ 5è/230-133 Voltios. Procedencia de los materiales: Nacionales. Presupuesto: 4.110.087 pesetas.
Finalidad: Mejora en la calidad del servicio de los abonados de Albuñán. Referencia: 3693/A.T.
Las obras se ajustarán en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones que, en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado, con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de tres meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 10 de noviembre de 1986.- El Delegado, José María Delgado Molina.
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