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Iltmos. Sres.:
En razón a una funcionalidad y eficacia administrativa constantemente demandada por los sectores de la enseñanza, y al objeto de que las unidades escolares estén atendidas en todo momento, una de las aspiraciones prioritarias de esta Dirección Gneneral en el ejercicio de sus funciones específicas, es conseguir que los nombramientos de personal docente interino o sustituto en el nivel de Enseñanza General Básica se realicen con la mayor rapidez posible.
Por ello, y ante la eventualidad de que queden agotados los efectivos disponibles para atender las vacantes y sustituciones que puedan originarse a lo largo del curso escolar, es preciso arbitrar algún procedimiento que, atendiendo a criterios de mérito y capacidad, permita garantizar una mejor cobertura de las necesidades de personal docente en Andalucía para el curso 87/88.
En consecuencia, esta Dirección General de Personal ha resuelto lo siguiente.
1a. Por la presente se anuncia convocatoria pública para la presentación de solicitudes para cubrir posibles vacantes o sustituciones del nivel de E.G.B. en la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el correspondiente nombramiento de personal funcionario interino.
2a. Una vez colocado el profesorado interino comprendido en la Resolución de esta Dirección General de Personal de 19 de mayo de 1987 (BOJA de 29 de mayo) sobre colocación de efectivos en el curso 87/88 y el resto de colectivos pendientes de colocación (acuerdos entre la Consejería de Educación y Ciencia y las Organizaciones Sindicales), las vacantes o sustituciones que se vayan produciendo serán cubiertas con los integrantes de las listas de interinos que serán elaboradas por cada una de las Delegaciones Provinciales de conformidad con lo dispuesto en las bases de esta Resolución.
3a. Las condiciones generales para participar en esta convocatoria serán las siguientes:
a) Ser español.
b) Tener cumplidos 18 años.
c) Estar en posesión del Título de Diplomado en las Escuelas Universitarias del profesorado de Educación General Básica. d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de la docencia. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
4a. Los interesados en participar deberán solicitarlo mediante instancia, ajustada al modelo que se incluye como Anexo I, dirigida al Delegado Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía.
5a. Las solicitudes habrán de presentarse en la provincia por donde se desea participar, o en los lugares y formas que determinan el art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo y art. 51 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Solamente se podrá participar por una provincia. La presentación de solicitudes en más de una provincia supondrá la anulación de su participación en esta convocatoria.
6a. El plazo de presentación de instancia será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7a. Las instancias deberán ir acompañadas de los siguientes documentos: a) Una fotocopia del D.N.I.
b) Fotocopia del Título alegado para participar o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del Título.
c) Documentación indicada en el baremo (Anexo II), acreditativa de los méritos alegados por el participante.
8a. Las valoraciones de los méritos y condiciones de los aspirantes se efectuarán atendiendo al baremo especificado en el Anexo II de esta Resolución por una Comisión Provincial compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: Iltmo. Sr. Delegado Provincial de Educación y Ciencia, o persona en quien delegue.
Vocales: Tres representantes de la Administración: Jefe de Personal. 1 Inspector.
1 Profesor de EGB designado por sorteo.
Tres representantes Sindicales designados por sorteo, entre los componentes de la Mesa Sindical Provincial. Secretario: Jefe de Negociado de EGB con voz y sin voto.
La Comisión podrá delegar la evaluación de determinados méritos en subcomisiones de especialistas por materia, bajo la supervisión de miembros de la Comisión.
En cuanto al mérito incluido en el punto 1 del Baremo, dado que las oposiciones finalizarán posteriormente al plazo de presentación de instancias, la Administración aportará de oficio tal mérito, a los solicitantes que hayan aprobado algún ejercicio de la oposición.
9a. En cada Delegación Provincial, antes del día 7 de septiembre se publicará la lista provisional, ordenada por puntuación de los admitidos. En caso de empate decidirá la mayor puntuación del punto primero del baremo, después la del punto segundo, y así sucesivamente. De persistir el empate se atenderá a la antigüedad de la titulación alegada. A partir de esta fecha se abrirá un plazo de reclamaciones de cinco días naturales. La lista definitiva se publicará antes del día 15 de septiembre.
10a. Todos los solicitantes, están obligados a aceptar forzosamente cualquier vacante o sustitución en la provincia por la que han solicitado plaza. En caso contrario perderán todos su derechos, quedando anulada su solicitud.
Por necesidades de efectivos, la Consejería de Educación y Ciencia podrá ofertar plazas en otras provincias distintas a la solicitada. En este caso, la aceptación de la plaza será voluntaria.
11a. Las plazas, vacantes o sustituciones, que han de ser cubiertas por los participantes en esta convocatoria se adjudicarán siguiendo el orden de colocación que resulte de la aplicación de la lista definitiva de interinos.
La Delegación Provincial comunicará al interesado su nombramiento. Su toma de posesión en la Delegación Provincial habrá de producirse en el plazo de 48 horas desde que reciba la notificación correspondiente, salvo que concurran circunstancias excepcionales.
12a. Los profesores seleccionados deberán presentar, en el plazo de cinco días después de la toma de posesión, la documentación que le indicarán en la correspondiente Delegación Provincial.
13a. Los nombramientos de interinos que se produzcan como consecuencia de la presente convocatoria, por el tiempo que proceda, serán exclusivamente para el Curso 1987/88, terminando su vigencia, por consiguiente, al finalizar el Curso, o antes según los casos. Para cada Curso Académico se hará la convocatoria que proceda, no adquiriendo derecho de prórroga alguno los seleccionados en convocatorias anteriores, independientemente del tiempo de servicio prestado.
Sevilla, 15 de junio de 1987.- El Director General, Alfonso Vázquez Medel.
Iltmos. Sres.: Delegados Provinciales de Educación y Ciencia en Andalucía.
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