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En el recurso contencioso-administrativo número 1325/86, interpuesto por Don Esteban Cotrina de Luna, sobre impugnación de las Resoluciones de la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Salud y Consumo de 27 de noviembre y 3 de diciembre, se ha dictado Sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Granada de fecha
20 de abril de 1987.
En su virtud y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Consejería ha dispuesto la publicación para general conocimiento en sus propios términos de la citada Sentencia, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: "Fallo: Que debe desestimar y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto al amparo de la Ley 62/1978, por el procurador Don Fernando Bertos García en nombre de Don Esteban Cotrina de Luna contra las Resoluciones de 27 de noviembre y 3 de diciembre de 1986, de la Consejería de Salud, Delegación Provincial de Málaga que dispone el traslado del recurrente al ambulatorio de la Seguridad Social "Jesús Cautivo" de Málaga con horario de 8-15 horas, por no parecer que las mismas vulneran los derechos fundamentales de la persona que el recurrente ha aducido con expresa imposición de costas al recurrente".
Sevilla, 9 de junio de 1987
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud
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