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Ilmos. Sres.:
La Magistratura de Trabajo nº 2 de Sevilla ha dictado Sentencia nº 524 de fecha 20 de septiembre de 1985 en autos 909/85 seguidos a instancia de Dña. Mercedes González Bernal. Dicha Sentencia, que ha sido confirmada por otra nº 943-II de 11 de noviembre de 1986 de la Sala Primera del Tribunal Central de Trabajo, en su parte dispositiva, dice así: "Fallo: Que desestimando la excepción de prescripción opuesta por el Ministerio de Agricultura y Pesca y estimando la demanda formulada por Mercedes González Bernal contra Ministerio de Agricultura y Pesca y Junta de Andalucía -Consejería de Agricultura y Pesca- debo condenar y condeno a ambas demandas a la obligación de pagar a la demandante la cantidad de
675.021 ptas., de las que las primeras 362.329 ptas. responderán solidariamente ambas demandadas y del resto hasta alcanzar las 675.021 ptas. únicamente la demandada Junta de Andalucía -Consejería de Agricultura y Pesca-".
Esta Consejería, a los efectos del artículo 26-3 de la Ley 5/1983 de 19 de julio, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia.
Lo que comunico a VV.II.
Sevilla, 10 de julio de 1987
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
Ilmos. Sres. Viceconsejero y Director General de Investigación y Extensión Agraria.
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