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El Real Decreto 864/1984 de 29 de febrero sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Cultura atribuye a ésta "Todas las funciones en materia de fomento y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones". Uno de los instrumentos adecuados para el desarrollo de estas competencias lo constituye la concesión de ayudas que, en materia teatral, cinematográfica, musical y de danza, permitan la realización de estudios de perfeccionamiento, asistencia a congresos, seminarios, festivales, tanto en España como en el extranjero.
Así pues, parece oportuna la publicación de una norma específica que regule este tipo de ayudas, cumpliento con los principios establecidos por la legislación vigente sobre publicidad, concurrencia y objetividad. Por todo ello, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, y en uso de las facultades que me están conferidas,
D I S P O N G O :
Artículo 1º. Se convocan ayudas para la realización de estudios de cinematografía, danza, música y teatro correspondientes a 1987.
Artículo 2º. La dotación de estas ayudas se imputará a la aplicación presupuestaria 7.20.01.486.00.000.8. del presente ejercicio económico.
Artículo 3º. Su concesión se realizará con arreglo a las bases que se especifican en el Anexo I.
Artículo 4º. La convocatoria queda abierta a partir del día de la publicación de esta Orden y hasta el treinta de septiembre de 1987 inclusive, sin perjuicio de que se puedan atender solicitudes referidas a actividades de 1987 que hayan dado comienzo con anterioridad. Lo que se hace público para general conocimiento,
Sevilla, 8 de julio de 1987
JAVIER TORRES VELA
Consejero de Cultura
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