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El artículo 5º, párrafo segundo del Decreto de 3 de noviembre de 1982, nº 142/82, sobre participación de la Junta de Andalucía en las Sociedades de Garantía Recíproca establece que la designación del representante de la Junta de Andalucía en el Consejo de Administración de dichas Sociedades se hará por el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de la Consejería de Economía y Fomento y de aquélla con cargo a cuyo presupuesto se suscribe la participación de la Junta, previo informe de la Consejería de Hacienda. Por otra parte, siendo necesario proceder a la renovación del Consejo de Administración de CREDIAVAL, S.G.R., de conformidad con el artículo 8º del Reglamento de elección de Consejeros, y habiéndose elegido a la Junta de Andalucía como miembro por la Junta General Ordinaria de Socios del pasado día 30 de junio, se estima oportuna la adecuación de la representación de la Junta de Andalucía, como socio protector en apoyo del sistema de garantías financieras de las pequeñas y medianas empresas, a la redistribución competencial diseñada por el Decreto del Presidente 10/1987 de 3 de febrero, sobre reestructuración de Consejerías y los Decretos de Estructura Orgánica que lo desarrollan.
En su virtud, a propuesta de las Consejerías de Economía y Fomento y de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 14 de julio de 1987.
A C U E R D O:
Designar al Ilmo. Sr. D. Rafael Gamero Borrego, Delegado Provincial de Economía y Fomento en Córdoba, representante de la Junta de Andalucía en la Sociedad de Garantía Recíproca CREDIAVAL, S.G.R.
Sevilla, 14 de julio de 1987
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de la Presidencia
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