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Estando próximas las finalizaciones de la Comisión de Servicios de las personas que ocupan dos plazas en el Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada, de esta Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Excmo. Sr. Rector de dicha Universidad, esta Consejería ha dispuesto convocar Concurso Público de Méritos para cubrirlas en los siguientes términos:
Artículo 1º. Se convoca Concurso Público de Méritos para cubrir dos plazas de Jefaturas de División del Instituto de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada.
Artículo 2º. Podrán optar a este Concurso Público de Méritos los funcionarios de los Cuerpos Docentes universitarios y no universitarios, que cumplan los requisitos previstos en la O.M. de 25 de mayo de 1970 (B.M. 18.6.70). En caso de que los seleccionados sean funcionarios de la Consejería de Educación y Ciencia, su régimen de adscripción será el de Comisión de Servicios, por un año de duración, que será concedida por la Dirección General de Personal de esta Consejería.
Artículo 3º. Los aspirantes a cubrir estas plazas deberán remitir solicitud (según modelo Anexo I), a la Secretaría General de la Universidad de Granada, en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOJA.
Artículo 4º. Junto con la solicitud, se presentarán los siguientes documentos:
a). Currículum profesional.
b). Un proyecto de trabajo-memoria (máximo 20 pags), sobre el funcionamiento del I.C.E., definición de las líneas de actuación en el campo de perfeccionamiento del Profesorado, de la Investigación, Experimentación e Innovación Educativa y en general, de la Renovación Pedagógica en Andalucía.
Artículo 5º. Se constituirá una Comisión por la Universidad, integrada por:
Excmo. Sr. Rector de la Universidad (o persona en quien delegue). Ilmo. Sr. Director del I.C.E.
Un representante de la Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación y Ciencia. Un representante de la Dirección General de Promoción Educativa y Renovación Pedagógica de la Consejería de Educación y Ciencia. Un profesor de reconocido prestigio en el área de Ciencias de la Educación.
Artículo 6º. La Comisión de Selección, a efecto de valorar las distintas solicitudes, tendrá en cuenta:
El currículum profesional del candidato (participación en actividades de Investigación, Experimentación e Innovación Educativa, en Formación y Perfeccionamiento del Profesorado en Tecnología Educativa, etc.). La coherencia de la Memoria a la que se alude en el punto cuarto de esta Orden, con las líneas de la Consejería de Educación y Ciencia en materia de Renovación Pedagógica.
La posible pertenencia/vinculación del candidato a Movimientos de Renovación Pedagógica, Colectivos de Profesores, Escuelas de Verano, Seminarios Permanentes, etc.
Artículo 7º. La Comisión de Selección podrá citar a los candidatos para mantener una entrevista individual en la que se debatirán los méritos alegados que aparecen en el artículo 4º.
Artículo 8º. Se faculta a las Direcciones Generales de Universidades, Promoción Educativa y Renovación Pedagógica y de Personal para que, en el ámbito de sus competencias, desarrollen la presente Orden en los términos que consideren necesarios.
Artículo 9º. La presente Orden entrará en vigor a partir de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 31 de julio de 1987
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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