La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986, Ley
7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983, de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación. El Decreto
2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones. En su virtud, al amparo de la legislación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente: Prestar conformidad a la permuta de dos solares, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Almonte (Huelva), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado el 2 de febrero de 1988 y cuya descripción es la siguiente:
PROPIEDAD MUNICIPAL
Solares de bienes de propios sitos en la carretera de los Cabezudos, uno de ellos linda por la derecha con vía pública, por la izquierda y fondo con finca del mismo Ayuntamiento y entrada con la carretera de Cabezudos, tiene una superficie de 187,50 m2. El otro solar linda por la derecha e izquierda con el ayuntamiento y fondo con propiedad de Jiménez Espina, con una superficie de 150 m2.
PROPIEDAD PARTICULAR
Finca de D. Justo Rodríguez Pavón, linda al oeste con D. Francisco Aragón Moreno, al este con D. Antonio Alcántara Castañeda, al sur con Dª Isabel Valladolid y al norte con la Carretera de Hinojos, tiene una superficie de 840 m2 con una valoración de 294.000 ptas.
Sevilla, 22 de noviembre de 1988
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF
Disposición anterior
Disposición siguiente