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El programa de construcción de naves industriales basado en la ejecución conjunta de proyectos entre las Corporaciones locales y la Junta de Andalucía al amparo de Convenios cuyo texto base fue aprobado por Acuerdos de Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 1984 en el que se autorizó al Consejero de Economía y Fomento, para la firma de convenios de ejecución de naves modulares con los Ayuntamientos andaluces, viene constituyendo una fórmula adecuada para promover la actividad industrial y económica en distintos municipios andaluces.
Por otra parte, la vigencia del Programa ha aportado una serie de experiencias que aconsejan su incorporación a la práctica vigente, realizando una serie de adaptaciones y modificaciones que actualicen los criterios y procedimientos que se vienen aplicando y fundamentalmente los relativos a la forma de financiación donde se muestra necesaria la implicación económica de las Corporaciones Locales, de manera que, la financiación de los proyectos no quede a cargo exclusivamente de la Junta de Andalucía, a los plazos de ejecución que la experiencia demuestra que deben ser ampliados, al destino final de las naves, que deberá centrarse en la realización de actividades fundamentales industriales y a la agilización de la tramitación de los oportunos expedientes. En consecuencia, a propuesta de la Consejería de Economía y Fomento, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de febrero de 1988,
ACUERDO
Artículo 1º. Se autoriza al Consejero de Economía y Fomento para que suscriba convenios de cooperación para la ejecución de naves industriales con los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma Andaluza que en cada caso proceda, de conformidad con el modelo que se acompaña como Anexo al presente Acuerdo.
Artículo 2º. Se faculta a la Consejería de Economía y Fomento para dictar las normas que considere oportunas para el desarrollo, ampliación e interpretación del presente Acuerdo que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 24 de febrero de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
JOSE AURELIANO RECIO ARIAS
Consejero de Economía y Fomento
ANEXO
CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA CONSEJERIA DE ECONOMIA Y FOMENTO Y EL AYUNTAMIENTO DE.....PARA LA CONSTRUCCION DE UNA NAVE INDUSTRIAL.
En ...................... a, ...................... de ...............de
REUNIDOS
De una parte, el Excmo, Sr. Consejero de Economía y Fomento de la Junta de Andalucía,..............................., en representación de la misma, según Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión del día .......................................................................... Y de otra, el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de ............................ debidamente autorizado por el Plano del mismo en su sesión de .......................................................... Ambas partes se reconocen capacidad y competencias suficiente para intervenir en este acto, procediendo a formalizar el presente Convenio de colaboración de acuerdo con las siguientes clausulas y estipulaciones:
EXPOSICION DE MOTIVOS
1º. Que la Consejería de Economía y Fomento tiene como uso de sus objetivos prioritarios el lograr una mayor participación del sector industrial andaluz en la estructura económica de la región.
2º. Que el Ayuntamiento de ...................... coincidiendo con el objetivo anterior precisa las condiciones de infraestructura ligadas al asentamiento industrial, en el ámbito de su municipio.
3º. Que, dentro de sus respectivas competencias, ambos coinciden en la apreciación de que existe la posibilidad de llevar a cabo un proyecto conjunto tendente a alcanzar el objetivo propuesto.
4º. Que existe el correspondiente anteproyecto, que consiste en la construcción de una nave industrial por importe total de .............. ptas., financiándose la obra de forma conjunta con recurso propios de la Consejería de Economía y Fomento, previstos a tal efecto, y con fondos de la propia Corporación Municipal.
5º. Que el proyecto definitivo se realizará de acuerdo con los requisitos exigidos por el Reglamento General de Contratación del Estado (Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre).
ESTIPULACIONES
1º. La nave industrial objeto de este Convenio se destinará a .......................... y se ubicará en el término municipal de ........................, valorándose, de común acuerdo, el importe total de su realización en ....................... ptas., cifra que incluye todos los gastos en que se pudiera incurrir durante la realización y ejecución del proyecto como: gastos de proyecto, licencias, IVA, dirección facultativa, construcción beneficio industrial en su caso, etc. 2º. Para la firma del presente Convenio el Ayuntamiento deberá presentar el Acuerdo del Pleno del mismo donde se harán constar los siguientes extremos:
2.1. Autorización al Alcalde para la firma del Convenio. 2.2. Puesto a disposición de ................... m¯ de terreno, para la realización de la obra, con descripción física y registral. 2.3. Aprobación del anteproyecto de la nave, con aportación de todos los datos necesarios que permitan una suficiente aproximación a las características técnicas y económicas de las obra, así como de la actividad industrial que va a desarrollarse en la nave. 2.4. Compromiso, por parte del Ayuntamiento de ejecutar las obras antes de doce meses a partir de la firma del Convenio.
2.5. Compromiso, por parte del Ayuntamiento, de aportar como mínimo el
25% inicial de la inversión, lo que suponen una cuantía de .................................... ptas, sobre el total del proyecto.
3º. El Ayuntamiento manifiesta que los terrenos anteriores están libres de cargos y situados en zona industrial, por lo que la construcción de la nave resulta conforme con la ordenación urbanística del municipio.
4º. La Junta de Andalucía aportará la cantidad de ................ Ptas., valor correspondiente al 75% del valor total de la construcción de la nave como máximo.
Ñ5º. El Ayuntamiento se compromete a ejecutar la referida obra, bien por el sistema de administración directa, bien por adjudicación de las obras a una empresa constructora legalmente capacitada, debiendo optar, en este caso, por un sistema de adjudicación de los determinados en los artículos
95 y 166 del Reglamento General de Contratación en el que queden garantizados la publicidad y libre concurrencia de ofertas.
El plazo máximo de ejecución de la obra, será de doce meses contados a partir de la firma de este Convenio, salvo que medien razones de excepcional interés público apreciadas por la Consejería de Economía y Fomento que podrá conceder una prórroga del mismo, previa propuesta razonada del Ayuntamiento.
6º. La financiación del proyecto se ejecutará de la siguiente forma:
El 75% como máximo se ejecutará con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma, en virtud de certificaciones por valor de la obra ejecutada y una vez justificada la ejecución del 25% inicial. Ñ
El 25% como mínimo del proyecto será ejecutado con cargo a los Ayuntamientos, que asumirá a su cargo, tanto la baja de subastas que pudiera producirse como el incremento del coste derivado de los posibles reformados, modificados, adicionales, revisiones de precios, ampliaciones, etc.
7º. La Junta de Andalucía nombrará un técnico que supervisará y controlará la ejecución de la obra en todas su fases, dando el VºBº a las certificaciones de obras expedidas, en cada una de sus hojas. El Ayuntamiento, una vez obtenida la conformidad del técnico, enviará la certificación original a la Secretaría General Técnica de la Consejería para su tramitación.
8º. Una vez finalizada la obra y encontrada conforme por el técnico de la Junta, se levantará acta de recepción, procediéndose a la liquidación correspondiente. La obra resultante pasará a forma parte del patrimonio del Ayuntamiento de ..................................
9º. En lugar bien visible, y desde el comienzo de las obras, se colocará un cartel en el que se haga constar que la obra es financiada por la Junta de Andalucía.
10º. El destino de la nave industrial a que se refiere al estipulación
1º del presente Convenio no podrá modificarse salvo acuerdo adoptado conjunta y expresamente por ambas partes.
11º. El Ayuntamiento de ........................ proporcionará a la Consejería de Economía y Fomento la información que se solicite en relación con la actividad, índice de producción, tecnología empleada y demás datos relacionados con la utilización de la nave objeto.
12º. La Consejería de Economía y Fomento proporcionará al Ayuntamiento de ........................... los resultados de los estudios o trabajos técnicos que puedan realizarse tendentes a mejorar los niveles productivos y Tecnológicos de la actividad que se realice en la nave objeto del Convenio.
Leído por las partes y en prueba de conformidad con lo expresado en el presente Convenio, lo firman y rubrican en el lugar y la fecha que lo encabezan.- El Consejero de Economía y Fomento.- El Alcalde-Presidente
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