La Junta
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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de mayo de 1985 por la Audiencia Territorial de Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 534/84 promovido por la Empresa Banco de Santander, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
Fallamos: Que accediéndose a las pretensiones deducidas por el Banco de Santander, S.A., contra acuerdo de la Dirección General de Trabajo, Empleo y Cooperativas-Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, desestimatorio del Recurso de Alzada, los anulamos por no estar ajustados a derecho, con devolución de las cantidades consignadas.
Sevilla, 14 de marzo de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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