La Junta
Consejo de Gobierno
Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; 109.2, 112.1, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983, de 21 de julio; Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de
30 de diciembre, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer:
Prestar conformidad a la enajenación en subasta pública de una parcela, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Aljaraque (Huelva) a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 1 de octubre de 1987, y cuya descripción es la siguiente:
Parcela de propiedad municipal, con una extensióm de 121,50 m2, emplazada en calle Nueva, no 82, que linda al Norte, con calle Nueva (antes Calvo Sotelo); al Este, con Avda. de Huelva; al Sur con vivienda de la propiedad municipal, arrendada a D. José Pérez González; y al Oeste con el resto de la finca de que se segrega.
Está valorada en 170.100 ptas.
Sevilla, 10 de junio de 1988
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF
Disposición anterior
Disposición siguiente