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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 19 de mayo de 1988 por la Audiencia Territorial de Granada en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1233/85 promovido por la Empresa José Cobos Sanchez sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor: Fallo: Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador D. Aurelio del Castillo Amaro contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social, de la Junta de Andalucía, de 26 de julio de 1985, que confirmó en alzada la de 13 de mayo del mismo año de la Delegación Provincial en Granada de dicha Consejería, sobre imposición de sanción por infracción de la Ordenanza de Trabajo de las Industrias de Construcción, Vidrio y Cerámica, cuyos actos administrativos se anulan por no ser conformes a derecho, por haber caducado el expediente; sin costas.
Sevilla, 7 de julio de 1988.- El Secretario General Técnico, Julio Alba Riesco.
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