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El artículo 3º.2.j de la Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio de Salud, atribuye a la Consejería de Salud y Servicios Sociales la política general de relaciones con entidades públicas o privadas en el ámbito de sus competencias.
La propia magnitud de la futura Exposición Universal de Sevilla en 1992 exige la adopción por parte de la Junta de Andalucía, de medidas en los diversos sectores afectados, entre las que cabe destacar las de índole preventiva y de asistencia sanitaria, todo ello a través de convenios con la Sociedad Estatal para la Exposición Universal Sevilla-92, S.A. En su virtud, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de junio de 1988, a propuesta de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, y previo informe de la Consejería de Hacienda y Planificación.
A C U E R D A
Autorizar al Consejero de Salud y Servicios Sociales para la suscripción de un Convenio que figura como Anexo al presente Acuerdo, entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Sociedad Estatal para la exposición Universal Sevilla-92, S.A.
Sevilla, 28 de junio de 1988
JOSE RODRIGUEZ DE LA BORBOLLA
Y CAMOYAN
Presidente de la Junta de Andalucía
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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