La Junta
Consejo de Gobierno
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Este Centro Directivo en uso de las facultades que le otorga el Decreto
30-1982 de 22 de abril (BOJA de 15 de junio) por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía con fecha 3 de diciembre de 1987 ha resuelto otorgar definitivamente a D. Francisco Cozar Guillén la concesión del citado servicio público regular de transporte de viajeros por carretera entre Empalme de la carretera MA-548 con la C-341 y Cortes de la Frontera como hijuela desviación de la concesión V-1642:JA-152 (E-83-JA), con arreglo a la Ley 16-87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Disposiciones reglamentarias vigentes, y entre otras a las siguientes condiciones particulares:
Itinerario
El itinerario entre Empalme de la MA-548 con la C-341 hasta Cortes de la Frontera de 26 Kms. de longitud, discurrirá por Algatocín, Cruce de Benalauría, Benadalid, Atajate, Jimera de Libar y Estación de Jimera.
Prohibiciones de tráfico
De y entre Empalme de las carreteras MA-508 y C-341 y Empalme de MA-548 y C-341 en respeto de la concesión V-3342:JA-349.
Expediciones, calendario y horario
Se realiza con independencia de las expediciones del servicio base una expedición sencilla todos los días laborables entre Cortes de la Frontera y Cortes de la Frontera (circular).
Tarifas
Base por viajero-kilómetro
Partícipe Empresa: La misma del servicio base V-1642:JA-152
Sevilla, 3 de diciembre de 1987.- El Director General Luis Errazquin Caracuel.
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