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La Disposición Transitoria del Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre, estableció la integración con carácter excepcional en Escalas o plazas de nivel administrativo, de funcionarios de la Escala Auxiliar de Organismos Autónomos que cumplieran determinados requisitos. Por Orden de la Presidencia del Gobierno, de 17 de diciembre de 1976 (BOE del 29), se reconoció el derecho a dicha integración, con ocasión de vacante, a determinados funcionarios que en la misma se relacionaban. Producidas vacantes en la Junta de Andalucía y a propuesta de la misma, el Ministerio para las Administraciones Públicas, por Orden de 5 de mayo de 1989, (BOE 6 de junio), acordó la integración en la Escala Administrativa de Organismos Autónomos, de carácter interdepartamental, de los funcionarios transferidos que tenían reconocido este derecho y que se especifican en el Anexo I de la presente Orden. En su virtud, teniendo en cuenta lo previsto en el Art. 12 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto; Arts. 5 y 17 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre y Art. 6 del Decreto 365/1986, de 18 de noviembre,
D I S P O N G O :
Primero. Integrar en el Cuerpo General de Administrativos de la Junta de Andalucía (C-10) a los funcionarios.
Sevilla, 17 de noviembre de 1989
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
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