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La Zona Regable de los Humosos se declaró de interés general de la Comunidad Autónoma mediante Decreto 100/1986, de 28 de mayo, aprobándose posteriormente por Decreto 154/1988, de 5 de abril el correspondiente Plan de Transformación. Procede ahora, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 91 del Reglamento de ejecución de la Ley de Reforma Agraria, (Decreto 402/1986 de 30 de diciembre) la aprobación del Proyecto de clasificación de tierras redactado por el IARA. En su virtud, vistas las alegaciones formuladas en el preceptivo trámite de información pública, y a propuesta del Instituto Andaluz de Reforma Agraria
DISPONGO:
Primero. Se aprueba el Proyecto de Calificación de la Zona Regable de los Humosos, clasificándose las tierras en los términos contenidos en el anejo único de esta Orden.
Segundo. Se faculta al Presidente del IARA para que, proceda, mediante el señalamiento del trámite de levantamiento de actas previas, al inicio de los correspondientes expedientes expropiatorios en la Zona.
Tercero. Notifíquese esta Orden a los interesados y publíquese en el BOJA y tablones de anuncio de los municipios incluidos en la Zona.
Cuarto. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOJA.
Sevilla, 12 de diciembre de 1989
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
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