Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, artículos 109, 112.1 113, 114, 118 y
119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley 6/1983 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951, y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 2/1979, de 30 de julio, en relación con el artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 21 de julio, confiere a esta Consejería competencias en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales. En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la enajenación mediante subasta pública, de los terrenos, de los bienes de propios del Ilmo. Ayuntamiento de Brenes (Sevilla), para dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 5 de diciembre de 1988, y cuya descripción es la siguiente.
Parcela de terreno procedente del solar del antiguo Campo de Fútbol situado en calle Santo Domingo Savio, tiene una superficie de 8.800 m2., linda al Norte con Muro de Defensa contra Inundaciones; al Sur con calle María Auxiliadora en una longitud de 80 m2; al Este con calle de Nueva Fomración y al Oeste con calle Santo Domingo el Savio. Su valor asciende a 3.970.200 ptas.
Sevilla, 8 de febrero de 1989
MANUEL GRACIA NAVARRO
Consejero de Gobernación
Descargar PDF