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Visto el expediente incoado en esta Delegación cuya descripción se reseña a continuación, solicitando autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración, en concreto, de utilidad pública y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en los Capítulos III del Decreto 2617/66 y 2619/66, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas. Decreto 2619/66, Ley 10/66, Reglamento de 23.02.49, de acuerdo con lo ordenado en la Ley de 24 de noviembre de 1939, sobre ordenación y defensa de la industria y vistas las funciones que no s competen, según el apartado 9 del artículo 2º Real Decreto 1091
81, de 24 de abril (BOE de 11.6.81), sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de industria y energía; y el artículo 5º del Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía de 3.8.81 (BOE de 2.12.81), sobre distribución de tales competencias.
Esta Delegación Provincial ha resuelto autorizar administrativamente y aprobar el Proyecto de ejecución de la siguiente instalación eléctrica:
Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad, SA Domicilio: Granada - Escudo del Carmen 31.
LINEA ELECTRICA
Origen: Línea subterránea entre CC.TT. Caleta y Puerta Granada. Final: Centro de transformación.
Términos municipales afectados: Granada.
Tipo: Subterráneas.
Longitud en km.: 2 x 0,145
Tensión de servicio: 20 KV
Conductores: Al 1 x 150 mm2 aislamiento 12/20 KV Potencia de transportar: 630 KVA.
ESTACION TRANSFORMADORA
Emplazamiento: Edificio Presidente.
Tipo: Interior.
Potencia: 630 KVA.
Relación de transformación: 20 KV +- 5%/380-220 Voltios. Procedencia de los materiales: nacionales. Presupuesto: 4.440.448 pesetas.
Finalidad: Atender nuevas peticiones de suministro. Referencia: 3888
A.T.
Las obras de ajustaran en lo que no resulte modificado por la presente resolución o por las pequeñas variaciones, que en su caso, puedan ser autorizadas, al proyecto presentado con las obligadas modificaciones que resulten de su adaptación a las instrucciones de carácter general y Reglamentos vigentes, quedando sometidas las instalaciones a la inspección y vigilancia de esta Delegación Provincial. El plazo de puesta en marcha será de seis meses. El peticionario dará cuenta por escrito del comienzo y terminación de las obras, a efectos de reconocimiento y extensión del acta de puesta en marcha.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos que determina la Ley 10/66, de 18 de marzo, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas y su Reglamento aprobado por Decreto 2619/66, de 20 de octubre.
Granada, 17 de marzo de 1989.- El Delegado, José A. Pérez de Rueda.
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