Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 23/5/1989

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 17 de enero de 1989, de la Dirección General de Transportes, por la que se hace pública la adjudicación definitiva de la concesión del servicio de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera, entre Chiclana de Segura y Ubeda (E-19/JA) (PP 174/89).

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Este Centro Directivo en uso de las facultades que le otorga el Decreto

30/1989 de 22 de abril (BOJA de 15 de junio) por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de transportes por la Junta de Andalucía con fecha 17 de enero de 1989 ha resuelto otorgar definitivamente a la Empresa La Sepulvedana, S.A. la concesión del citado servicio de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera entre Chiclana de Segura y ubeda (E.-19/A), con arreglo a la Ley 16/87 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y Disposiciones reglamentarias vigentes, y entre otras a las siguientes condiciones particulares:

Itinerario

Emtre Chiclana de Segura y Ubeda de 73 Kms. discurre por la J-6240, J-6210, J-6140, J-6130, penetrando en Castellar de Santisteban, prosigue por la CC-3210, J-V-6004 y CC-3217 con parada para dejar y tomar viajeros en Chiclana de Segura, Venta de los Santos, Montizón, Aldeahermosa, Castellar de Santisteban, Santisteban del Puerto, Navas de San Juan y Ubeda.

Prohibiciones de tráfico.

De y entre Castellar de Santisteban y Navas de San Juan y viceversa en respeto a las concesiones V-3065: JA-310, Jaén-Sorihuela de titularidad de Travimeta, S.A. y V-3124: JA-321-GR-J, Granada-Siles con hijuelas de Transportes Alsina Graells Sur, S.A.

De y entre Ubeda y el Empalme de la J-V-6004 con la CC-3217 y viceversa en respeto de la concesión V-3345, Jaén-Madrid de la Sepulvedana, S.A.

Expediciones, calendario y horario

1 expedición completa (ída y vuelta) los días laborables.

Tarifas

Base por viajero kilómetro

El partícipe empresa es de 4,4979 ptas. V/Km. sobre el que se cargaría el 1% del S.O.V. y sobre la suma de ambos conceptos se aplicaría el 6% por el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Sevilla, 17 de enero de 1989.- El Director General, Manuel Ollero Marín.

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