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En el recurso contencioso-administrativo n. 1526/86, seguido a instancia de D. Antonio Ramos Suárez, contra acuerdo de la Consejería de Educación y Ciencia de la desestimación presunta de la petición formulada el 19 de noviembre de 1984, con denuncia de mora el 16 de marzo de 1985, sobre supresión de Complemento de Plena Dedicación Docente se ha dictado Sentencia con fecha 8 de octubre de 1988, cuya parte dispositiva literalmente dice:
"Fallo: Que estimándose ajustado a Derecho el acuerdo de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía de destimación presunta de la petición de D. Antonio Ramos Suárez de que se le abonase el complemento de dedicación plena docente que venía percibiendo hasta el mes de septiembre de 1984".
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia en lo que a esta Consejería respecta.
Sevilla, 16 de mayo de 1989
ANTONIO PASCUAL ACOSTA
Consejero de Educación y Ciencia
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