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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 25 de octubre de 1988, por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso- Administrativo núm. 2977/86 promovido por la Empresa Obrascon sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que estimando en todas sus partes el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Entidad Sociedad General de Obras y Construcciones, S.A. (Obrascon), declaramos nulas, por contrarias al Ordenamiento Jurídico las resoluciones de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de 21 de agosto de 1986 y de la Dirección General de Trabajo de 7 de noviembre de
1985. Sin costas.
Sevilla, 23 de mayo de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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