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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 20 de diciembre de 1988, por la Audiencia Territorial de Sevilla en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3168/86 promovido por la Empresa Banco Español de Crédito, S.A. sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO:
Que estimandose ajustadas a Derecho las resoluciones de
1.9.86 de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía y la de 7 de marzo de 1986 de la Delegación Provincial desestimamos íntegramente las pretensiones deducidas contra las mismas por el Banco Español de Crédito.
Sevilla, 22 de junio de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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