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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Fomento y Trabajo de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 26 de enero de 1989, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 3315/86 promovido por Banco de Santander S.A., sobre sanción cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O:
Que debemos estimar y estimamos en parte el Recurso Contencioso
-Administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Castellano Ortega en nombre y representación del Banco de Santander, S.A. contra el acuerdo de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía de 2 de septiembre ser conforme con el ordenamiento jurídico, salvo en el particular de la cuantía de la multa que fijamos en 25.001 pesetas y disponemos la inmediata devolución de la diferencia para el caso de que la sanción hubiere sido ingresada. Sin costas.
Sevilla, 28 de junio de 1989.- El Secretario General Técnico, A. José Millán Villanueva.
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