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En el recurso contencioso-administrativo número 948/86 interpuesto por D. Ramón Díaz Jiménez contra resolución del Excmo. Sr. Consejero de fecha so de alzada contra la Resolución del Ilmo. Sr. Viceconsejero de 18 de octubre de 1985, sobre sanción disciplinaria, la Sala de lo Contencioso Sevilla, ha dictado Sentencia con fecha 19 de octubre de 1988, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos estimar y estimamos parcialmente, aunque por causas distintas de las alegadas por el actor, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Ramón Díaz Jiménez contra Resolución de 30 de enero de 1986 del Consejero de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso de alzada contra otra del Viceconsejero de 18 de octubre de 1985, que impuso el recurrente la sanción de 3 meses de suspensión de empleo y sueldo como autor de una falta grave, y, en su consecuencia, anulamos en parte la sanción impuesta, que deberá sustituirse por otra menor de un mes de suspensión de empleo y sueldo. Sin costas".
En su virtud, esta Consejería de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el BOJA para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la expresada Sentencia.
Sevilla, 20 de junio de 1989
EDUARDO REJON GIEB
Consejero de Salud y Servicios Sociales
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