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Examinado el expediente sobre declaración de Utilidad Pública y subsiguiente inclusión en el Catálogo de U.P. del monte "Las Canteras", propiedad del Ayuntamiento de Puerto Real y sito en su término municipal, provincia de Cádiz.
Vistos: La Ley de Montes de 8 de junio de 1957, el Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y demás disposiciones concordantes. Considerando: Que el monte denominado "Las Canteras", perteneciente al Ayuntamiento de Puerto Real, reúne las condiciones previstas en el apartado F) del artículo 25 del Reglamento de Montes. Considerando: Que se ha dado cumplimiento a cuanto se previene en los Artículos 26 y siguientes del Reglamento de Montes para la declaración de Utilidad Pública de los montes que reúnan determinadas condiciones, sin que se haya formulado ninguna reclamación sobre esta declaración, a la que se dio la debida publicidad.
Considerando: Que en el apartado c) del Artículo 40 del Reglamento de Montes se establece que deberán ser incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, todos aquéllos que en lo sucesivo sean declarados de Utilidad Pública, en virtud de los Artículos 21, 26 y 29 del mismo. Considerando: Que en la Memoria redactada por la Dirección Provincial del .A.R.A. de Cádiz, se concretan las características que deberán constar en la descripción que se haga del monte en el Catálogo. Vista la Orden de 21 de mayo de 1987 de la Consejería de Agricultura y Pesca, sobre delegación de atribuciones, (BOJA núm. 48 de fecha 5.6.87), esta Presidencia acuerda dictar la siguiente Resolución:
1º. Que se declare de Utilidad Pública el monte denominado "Las Canteras propiedad del Ayuntamiento de Puerto Real, y sito en su término municipal, provincia de Cádiz.
2º. Que se incluya en el Catálogo de los de Utilidad Pública de la Provincia de Cádiz, con los siguientes datos: Provincia: Cádiz.
Partido judicial: Puerto de Santa María.
Término municipal: Puerto Real.
Monte número (Provisional): AN-CA-1/IARA. Pertenencia: Ayuntamiento de Puerto Real. Denominación: Las Canteras.
Datos registrales:
Registro: Puerto Santa María.
Tomo: -
Libro: 60.
Folio: 161
Finca nº: 1.076
Inscripción: 7a
Fecha: 13.10.1909
Límites:
Norte: Zona de influencia de la Autopista Sevilla-Cádiz y camino de la Cerería.
Este: Fincas: "La Cerería", dividida en lotes cuya propiedad corresponde a Dª Ana Conde Revidiego, D. Adriano López Sánchez, D. Francisco Ogalla Sánchez, D. Enrique Franco Marcos, Herederos de Vega Bazán y D. José Luis de Antolín de Antonio; "Dos Hermanas", de D. José García de los Reyes; "La Conchita", de Dª María del Carmen Morla Ducal. Sur: Carretera Comarcal de Puerto Real a Paterna de la Rivera, CA-P-2012.
Oeste: Paseo de las Canteras.
Cabidas:
Cabida de Utilidad Pública: 24-94-35 Has. Cabida de enclavados:-
Cabida total: 24-94-35 Has.
Especies principales:
Pinus pinea.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de reposición ante esta misma Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación sin perjuicio de los demás que en derecho procedan.
Sevilla, 17 de julio de 1989.- El Presidente, Francisco Vázquez Sell.
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