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Ilmos. Sres.:
Mediante Resolución de esta Consejería de 16 de julio de 1987, se aprobó definitivamente el Plan Especial del Sector S.1. del Area de Actuación Urbanística "La Cartuja" de Sevilla.
Posteriormente, por Orden de 20 de febrero de 1988 se encomendó a la Sociedad Estatal para la Exposición Universal de Sevilla 1992, S.A., la redacción, entre otros, del Estudio de Detalle nº 4 del citado Plan Especial. El documento fue informado favorablemente, en su sesión del día
13 de julio de 1988, por la Comisión Especial Tripartita Junta de Andalucía, Ayuntamiento de Sevilla y Sociedad Estatal, constituida mediante Acuerdo suscrito el 26 de octubre de 1987, y que sustituyó -según refleja dicho Acuerdo constitutivo- a la Comisión de Seguimiento del Plan Especial creada por Orden de esta Consejería de 14 de octubre de 1987. El citado documento se adecuaba a las nuevas circunstancias acaecidas desde la aprobación del Plan Especial y que determinan la necesidad de modificar este último en determinados aspectos.
Por otra parte, la Comisión Especial Tripartita, en la misma sesión indicada, aprobó la propuesta de la Sociedad Estatal, relativa a la modificación del Plan Especial en el ámbito de su Unidad de Actuación nº 2 (UA-2), motivada por las nuevas circunstancias acaecidas desde la aprobación del mismo.
Mediante Ordenes de esta Consejería de 28 de noviembre de 1988, se acordó la iniciación de los expedientes de modificación, encomendándose a la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (E.P.S.A.), la redacción de las modificaciones, las cuales fueron elevadas a esta Consejería para su tramitación y aprobación, competencias que en las citadas Ordenes se recababan de la Comisión Provincial de Urbanismo de Sevilla. Mediante Resolución de esta Consejería de 5 de mayo de 1989, se aprobó inicialmente el expediente de modificación del Plan Especial del Sector S.1 del Area de Actuación Urbanística "La Cartuja" de Sevilla, en los ámbitos de la Unidad de Actuación número 2 y del Estudio de Detalle número
4, sometiéndose el mismo a los trámites de información pública y de audiencia a las Corporaciones Locales afectadas (Ayuntamiento de Sevilla y Santiponce y Diputación Provincial de Sevilla) en los que no se han producido alegaciones.
Finalmente, la Dirección General de Urbanismo, con base en el informe elaborado por el equipo redactor, formula propuesta en la que se concluye en la conveniencia y necesidad de introducir determinadas correcciones, ajustes y modificaciones al texto aprobado inicialmente con la finalidad de abundar en la adecuación del planeamiento a las nuevas circunstancias acaecidas desde la aprobación inicial de las presentes modificaciones. Por lo que respecta a la incorporación de los requerimientos sobre uso y edificabilidad del enclave E-2, propuestos por la Consejería de Educación y Ciencia para la implantación de un centro universitario, si bien se valora en principio adecuada y compatible con la estructura urbanística de la zona Sur del Sector S.1, se estima oportuna su consideración en la modificación amplia del Plan Especial del Sector S.1., cuyas directrices están en proceso de definición.
En su virtud, vistos los expedientes de modificación del Plan Especial del Sector S.1. del Area de Actuación Urbanística "La Cartuja" de Sevilla, en los ámbitos de su Unidad de Actuación nº 2 (UA-2) y de su Estudio de Detalle nº 4, los cuales han sido objeto de acumulación dada su evidente conexión con arreglo al artículo 73.1 de la Ley de Procedimiento Administrativo, y a la vista de lo dispuesto en el art. 8 del Decreto Ley
7/70, de 27 de junio de Actuaciones Urbanísticas Urgentes, artículos 145 y siguientes del Reglamento de Planeamiento en relación con los artículos
49.1 de la Ley del Suelo y 161.1 del citado Reglamento, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 194/1983, de 21 de septiembre, Disposición Adicional Segunda del Decreto 208/1984, de 17 de julio y Apartado 3º de las Ordenes de 28 de noviembre de 1988, sobre iniciación de expedientes, por esta Consejería se ha dispuesto lo siguiente:
Primero. Aprobar definitivamente el expediente de Modificación del Plan Especial del Sector S.1. del Area de Actuación Urbanística de "La Cartuja" de Sevilla, en los ámbitos de la Unidad de Actuación nº 2 (UA-2) y del Estudio de Detalle nº 4, con las correcciones, ajustes y modificaciones resultantes de la propuesta de la Dirección General de Urbanismo a que se refiere el párrafo 6º del expositivo de esta Resolución.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla a los efectos de lo dispuesto en el art. 56 de la Ley del Suelo.
Contra la presente Resolución, definitiva en vía administrativa, cabe recurso
de reposición ante el Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de su última publicación o en su caso notificación, y el contencioso-administrativo que deberá interponerse ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.
Sevilla, 6 de julio de 1989
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Obras Públicas y Transportes
Ilmos. Sres. ViceDirector General de Urbanismo y Secretario General Técnico.
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